Carmen Hernández López
PRÁCTICAS Y ESTRATEGIAS DE REPRODUCCIÓN SOCIAL. CICLO FAMILIAR DE DOÑA CATALINA ANTONIA DE CANTOS BARRIONUEVO (ALBACETE, 1669-1720)
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PRÁCTICAS Y ESTRATEGIAS DE REPRODUCCIÓN SOCIAL.
Ciclo familiar de doña Catalina Antonia de Cantos Barrionuevo
(Albacete, 1669-1720) 1
PRACTICES AND STRATEGIES OF SOCIAL REPRODUCTION.
FAMILY CYCLE OF DOÑA CATALINA ANTONIA DE CANTOS


Historiadora del SEHISP y miembro del IEA
carmen.hlopez@gmail.com
Cómo citar este artículo: Hernández López, C. (2023). Prácticas y estrategias de
reproducción social. Ciclo familiar de doña Catalina Antonia de Cantos Barrionuevo
(Albacete, 1669-1720). Al-Basit (68), 245-288. http://doi.org/10.37927/al-
basit.68_8
Recibido/Received: 14/08/2023
Aceptado/Accepted: 18/10/2023
1 Este trabajo forma parte del proyecto de investigación: Familia, dependencia y ciclo vital
en España, 1700-1860 [Referencia PID2020-119980GB-I00] dirigido por Francisco García

el Ministerio de Ciencia e Innovación del Gobierno de España.
Abstrat: Following the family
cycle of Miss Catalina Antonia de
Cantos Barrionuevo (Albacete,
1669-1720), analyzes the beha-
viors, strategies and customs of
social perpetuation and repro-
duction, within the La Mancha
élite. Based on the power of the
family, it is an essential instru-
ment to endure the domination
and social outreach in next ge-
nerations. In this way, it is star-
ted with the civil status updating
(marriage or female monastic
life), that is negotiated with in the
family, same as the marriage capi-
Resumen: Siguiendo el ciclo fa-
miliar de doña Catalina Antonia
de Cantos Barrionuevo (Albacete
1669-1720) se analizan los com-
portamientos, estrategias y prác-
ticas de perpetuación y reproduc-
ción social en la élite manchega,
partiendo del poder de la fami-
lia como instrumento clave para
conservar el dominio patrimonial
y conseguir la promoción social
en las siguientes generaciones.
Se empieza examinando la toma
de estado (matrimonial o mona-
cal femenino) y su negociación en
el seno familiar, al igual que las
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1. INTRODUCCIÓN
Enseñar a vivir y a convivir en la Edad Moderna era un asun-
to familiar. Vivir según el Diccionario de Autoridadesma-
nejarse en el tiempo, acomodarse a las circunstancias del tiempo»2.

la formación y construcción de creencias e ideologías que determi-
narán los comportamientos de nuestros antepasados (García, 1995,
p. 337). Con un planteamiento metodológico interdisciplinar, desde
la idea de ciclo familiar pretendemos estudiar y conocer la sociedad
española, sus procesos de cambio y transformación en los tiempos
modernos. Para ello resulta esencial explicar los conceptos y, a la
vez, herramientas metodológicas con las que trabajaremos: el ciclo
familiar, estrategias de reproducción y/o promoción social. Según
-
miento y la muerte, con sus fases o etapas intermedias, mientras
2 T. VI (1739), en línea: https://apps2.rae.es/DA.html
tulations and their cords of racial
purity were. And following her
family cycle, during her widow
hood, as a faith full custodian of
the family ethos, we will inquire
into her behaviors and actions, to
consider her inclusion in a family
perpetuation project. Thust her
article is concluded with some
assessments of these family prac-
tices, powerful and long-lasting,
which protect like a shell, barely
unbreakable, the dominant so-
cial system bet weens the seven-
teenth and eighteenth centuries.
Keywords: family cycle, family
power, widowhood, Mrs. Catalina
Antonia de Cantos Barrionuevo,
family strategies, social repro-
duction, social outreach.
capitulaciones matrimoniales y
la limpieza de sangre. Posterior-
mente se indaga en las conductas
y acciones durante su viudedad al
ethos fami-
liar para sopesar su inserción en
un proyecto de perpetuación fa-
miliar. Concluimos valorando es-
tas prácticas familiares, potentes
y duraderas, que protegían como
coraza irrompible el sistema so-
cial de los siglos XVII y XVIII.
Palabras clave: Ciclo familiar,
poder familiar, viudedad, doña
Catalina Antonia de Cantos Ba-
rrionuevo, estrategias familiares,
reproducción social, promoción
social.
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que el ciclo familiar implica una sucesión de momentos delimitados

unidad familiar, pasando por su expansión y contracción (García,

y conductas que Dª. Catalina Antonia de Cantos pondrá en marcha
para movilizar sus medios relacionales y económicos presentes y

un estatus y garantizar la promoción y movilidad social en las si-
guientes generaciones.
Desde la Historia de la Familia y la Historia Social se han ve-
nido trabajando los conceptos de estrategia y reproducción social.
Ambos proceden de la sociología y, como señala Sebastián Molina,
su traslación a la disciplina histórica debe mucho a Pierre Bordieu
(Molina, 2005, p. 323). Para los historiadores de la familia el tér-
mino estrategia sigue siendo una herramienta conceptual muy uti-

«habitus» (2008, pp. 85-105). Es
decir, prácticas convertidas en estructuras generadoras, a su vez, de
prácticas de comportamiento (Ramos, 2016, p. 182). Para Francisco
García se trata de estrategias de la diferencia en el mundo rural, de-
cisiones que alimentan la vida familiar y que no son sino respuestas
adoptadas dentro de las posibilidades de actuación y oportunidades
de elección habidas en un contexto determinado. Se entiende, pues,
su comportamiento como parte de una acción colectiva transcurri-
da en el marco de redes familiares más complejas (García, 2000, pp.
22-23). Sobre la reproducción social dice Sebastián Molina que ex-
presa el ideal de continuidad, conservación y perpetuación del es-

es otro que transmitir entre generaciones los capitales, calidades y
cualidades que sustentan la posición diferenciada de la familia para
formar parte del grupo de dominio (Molina, 2005, p.324).
Las cuestiones expuestas serán abordadas desde la Historia
de la Familia, Microhistoria e Historia de la Vida Cotidiana. Tal enfo-
que implica entrecruzar datos de diversas fuentes como protocolos
notariales3 (dotes, inventarios de bienes, curadurías, obligaciones,
3 Estas fuentes sobresalen del resto. Hemos elaborado, tras una búsqueda selectiva, una
base de datos (access) con las escrituras notariales relacionadas con la familia Cantos-
Galiano Spuche-Pando. Los legajos consultados se conservan en el Archivo Histórico Pro-
vincial de Albacete (AHPA): leg: 1007, 1008,1009, 1011, 1012, 1015, 1017, 1019, 1020,
1021,1024.
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poderes, compraventas), eclesiásticas4 (libros sacramentales, do-
cumentos de las Órdenes Militares), censos, padrones5, literarias y
documentos manuscritos.
2. EL PODER DE LA FAMILIA Y COMPORTAMIENTOS SOCIALES
PARA TOMAR ESTADO
2.1. El matrimonio pactado entre familias
-
minio de lo grupal frente a lo individual, por el control del colectivo,
de la familia y de la comunidad sobre los destinos del hombre y de
la mujer, además de porque el nacimiento del individualismo afec-

En investigaciones precedentes centradas en el estudio del hogar
y la vivienda (Hernández y Simón, 2014) hemos observado que, a

concepto ligado a la evolución del espacio doméstico que podría-
mos denominar comodidad, confort, y que se traduce en un esti-
lo de vida donde la privacidad y la intimidad quedan vinculados al
concepto de familia. Se iniciaba así el tránsito hacia la privacidad
e intimidad de la pareja, al menos entre los colectivos de grandes
hacendados, labradores propietarios medios o profesionales libera-
les. Dicho tránsito hacia la privacidad es parte del proceso de civi-
lización en general y del cambio de comportamientos familiares y
de la vida conyugal en particular. No era únicamente el mero efecto
de ideas nuevas sin más, sino el resultado de una transformación
del Estado y de la Sociedad como ya indicaran Burguière y Segalen
(1988, p. 117).
4 Se hace una búsqueda selectiva en libros parroquiales del Archivo Histórico Diocesano
de Albacete (AHDA) y libros de matrimonios, bautismos y defunciones (1600-1750). En el
Archivo Histórico Nacional (AHN) se indaga en documentos de la Orden Militar de Montesa
y Expedientes de Casamiento.
5 Padrones y listados de vecinos de Albacete del AHPA: Padrón de 1554, Censo a favor de
la Marquesa de Elche de 1572, Repartimiento Ensanche de 1588, Repartimiento Alcabalas y
Servicio de 1626, Repartimiento de 1689, Casamiento de Felipe V de 1702, Repartimiento de
1721 y Padrón de 1732.
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Estamos ante un individualismo afectivo que, a mediados del
-
ticas de la familia Cantos Espuche. Así, empezando por el primer
paso para formar una familia, el matrimonio, este fue pactado entre
la madre y el abuelo de Dª. Catalina y el futuro cónyuge, D. Francisco
Galiano. A continuación, simulando presenciar una boda el día 20
de mayo de 1690 en la parroquia de san Juan Bautista de Albacete,
nos centraremos en examinar los destinos personales de los con-
trayentes: Dª Catalina Antonia Cantos Barrionuevo y D. Francisco
Galiano Spuche6. Su partida matrimonial7 marca el rito establecido:
habían precedido las tres amonestaciones que mandaba el Concilio
de Trento y no habiendo resultado impedimento alguno, desposan
por palabras de presente que hacen legítimo y verdadero el matri-
monio. D. Francisco Galiano Espuche, caballero de la orden de Santa
María de Montesa8 e hijo legítimo de D. Luis Galiano Espuche9 y Dª.
Ángela Ossa Galiano -ya fallecidos y vecinos y naturales de la villa
de Almansa- casa con Dª. Catalina Antonia de Cantos Barrionuevo,
hija legitima del difunto D. Andrés de Cantos Barrionuevo10 y de Dª.
Úrsula Ochoa y Montañés, naturales de la villa de Albacete. Sus tes-
tigos fueron D. Luis Enríquez, caballero del hábito de Montesa, D.
Diego de Cantos Barrionuevo, D. Juan de Villanueva, D. Alonso Cano

matrimonio mediático y trascendente -posiblemente portada de
alguna revista- porque no solo se unen dos jóvenes, el casamiento
-
culaciones que les facilitan, sin duda, una compenetración de inte-
reses, bienes y posibles. Se trata, en suma, del fruto de una decisión
6-
mos como Espuche. Fue bautizado el 31 de mayo de 1661 con los nombres de Francisco de
Paulo Thomas Félix, en la parroquia de Nuestra Señora de la Asunción de Almansa (AHDA,
lib. 7)
7 AHDA, Libro de matrimonios que se han celebrado en la parroquia de san Juan de Albacete,
libro 57, 1689-1784
8 El expediente de la Orden Militar de Montesa está en el AHN: Órdenes Militares, año 1681,
leg. 225. Digitalizado en https://www.familysearch.org/
9 Para más información sobre la familia Galiano Spuche, vid. Molina, 2004, pp. 495-509.
10 Los Cantos Barrionuevo aparecen también en las fuentes y publicaciones como “Cantos
Barnuevo.
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
de Trento (1545-1563) se sentaron las bases del matrimonio ele-
vándolo a la categoría de sacramento. Las mujeres eran educadas

el principal requisito para alcanzar la armonía o el “buen amor”
(Gascón, 2013, pp. 155 y 157).
El papel del matrimonio era esencial para la reproducción
biológica. Por eso había una gran presión social en torno a él, sobre
todo para las mujeres. Dª. Catalina de Cantos tenía 21 años cuan-
do contrae matrimonio y D. Francisco Galiano había cumplido 29.
La edad de la novia está en consonancia con lo habitual en aque-
lla época. En el siglo XVII las mujeres se casaban incluso antes de
los 20 años y en los dos siglos siguientes, en la Castilla interior, se
pasó a los 21 y 22 años en promedio (Pérez y Reher, 1988, p. 78).
Para los varones, la edad media de acceso al matrimonio era de 25,2
años11. La mayor edad de D. Francisco Galiano se explicaría por ser
viudo y contraer matrimonio en segundas nupcias (Molina, 2005,
p.432). No obstante, carecemos de evidencias documentales del ma-
trimonio anterior, lo que induce a inclinarnos por una dedicación
eclesiástica previa a su casamiento pues hay constancia de que el 4
de junio de 1688 obtuvo permiso del rey, Carlos II, para ordenarse
sacerdote12 (Cerdà, 2014, pp.367-368). Dos años antes ya realizaba
los estudios para ordenarse: «El 8-VI-1686 el rei escriví al president
de l´Orde a les diòcesis de Cuenca i Cartagena, fra Luis Enríquez de
Navarra, per a que ordenara a aquest cavaller realitzés la professió
en el termini de dos mesos». Y como así exponen, a pesar de «mudar
de hábito», siempre se le considerará caballero de Montesa.
11 M. Ardit (1999) extractados por Francisco García en Modernalia, https://www.moder-
nalia.es/items/show/290
12 La actualización de la base de datos de la Orden de Montesa, remite a los expedientes
siguientes: AHN, OOMM, lib. 560-C, ff. 272v-273; permís per a professar: AHN, OOMM, lib.
561-C, ff. 121v-122; llicència per a ordenar-se sacerdot: Ibidem, ff. 245-246; llicència per a
casar-se amb Catalina Antonia de Cantos: Ibidem, ff. 360-360v. El 4 de juny de 1688 va ob-
tindre permís del rei per ordenar-se sacerdot. Malgrat autoritzar-lo per a “mudar de hábito”
se´l considerà cavaller de Montesa fins a la seua mort, segons consta als catàlegs de membres
de 1689 i 1692 (Cerdà, Montesa, 2014, p. 368)
Carmen Hernández López
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Lo que queda claro es que no siguió la vida eclesiástica. La fa-
milia decidió concertar un matrimonio que cumpliera con la norma
de ser entre iguales. Semejantes, dice Enrique Soria Mesa en cuanto
-
mino apropiado y aceptable socialmente. Los moralistas insistían:
«que los contrayentes sean iguales y semejantes» (Arbiol, 1793). En
nuestro caso lo eran, pero en muchos otros no se cumplía la regla.
Y no era porque los jóvenes se rebelasen contra la decisión familiar,
que también sucedía, sino porque el poder de la familia no se de-

Las familias diseñaban y participaban en todo tipo de estrategias
orientadas a encontrar un contrayente, hombre o mujer. Podía ser
de inferior posición social siempre que no hiciera decaer el poder
familiar. En el casamiento de Dª. Catalina de Cantos se ataron bien
todos los cabos. Así lo prueban las genealogías presentadas, capitu-
laciones matrimoniales, dote matrimonial y pruebas de limpieza de
sangre comentadas seguidamente.
2.1.1. Genealogía. La imagen del poder de la familia
La genealogía fue una herramienta clave para el ascenso so-

p. 301). Como se ha dicho, los reyes de armas son los que tenían el
poder para legitimar los apellidos y el escudo al súbdito. Las inves-
tigaciones genealógicas eran esenciales, las familias debían conocer
muy bien a sus antepasados para evitar que en la nueva familia en-
trase sangre manchada. Preservar la honra del linaje era imprescin-
dible porque, en caso contrario, traería problemas a los contrayen-
tes y sus futuros descendientes. Sin embargo, todos sabemos que la
falsedad y manipulación genealógica fue una realidad que conlleva-

una limpieza de sangre que nos les correspondía13.
13
-(Córdoba, 1997), (Estudis, 2004) y (Valladolid, 2016)- y de Hernández (Murcia, 1996) y
(Madrid, 2011).
AL-BASIT 68 • PÁGS. 245-288INSTITUTO DE ESTUDIOS ALBACETENSES «DON JUAN MANUEL»ALBACETEISSN 0212-8632
gina 252
Sobre la genealogía familiar y orígenes de Dª. Catalina An-
tonia de Cantos, (Anexo. Esquema 1) resaltamos que fue bautizada
en la parroquia de san Juan Bautista de Albacete el 19 de diciembre
de 166914. Perteneciente a la hidalguía, disfrutaba de una excelen-
te situación socioeconómica. Según pesquisas de Aurelio Pretel la
familia Cantos desciende de Martín Sánchez de Cantos “el Viejo”,

que en la segunda mitad del siglo XV obtiene de los Reyes Católi-
cos el privilegio de hidalguía, llegando a disfrutar de una holgada
situación económica y patrimonial. La rama familiar de los Cantos a
la que pertenece Dª. Catalina conecta con Martín de Cantos, casado
con Francisca Jiménez e hijo de Martín de Cantos (Pretel, 2001, pp.
95-100) (Anexo. Esquema 1). María Pilar Córcoles describe al abue-
lo paterno de Dª. Catalina, D. Andrés de Cantos Barrionuevo, como
un personaje rebelde ante las fuerzas locales, mostrándose en su

1614 y alcalde ordinario en 1635, fue también alcalde de herman-
dad y repartidor de alcabala. Al parecer, en marzo de 1639 estaba
en la cárcel real de la villa por mandato del corregidor D. Alonso de
Navarra y Cárcamo a causa de haberse resistido a D. Juan del Caña-
vate de la Cueva cuando era alcalde ordinario en 1637 (Córcoles,
2017, pp. 102-103).
En cuanto al padre de Dª. Catalina, D. Andrés de Cantos, nació
en 162515 y contrajo matrimonio con Dª. Úrsula Ochoa Montañés,
hija de Dª. Catalina Montañéz, natural de Yeste y llamada también
Juárez Montañés, cuya familia estaba sólidamente establecida en
Albacete, pero sin pertenecer a la hidalguía. Era hija de D. Nicolás
Ochoa16
perpetuo, si bien nunca llegó a ejercer al ordenarse sacerdote tras
su viudedad (Molina, 2005, p.340). Se trataba de un personaje con-
tradictorio. En una escritura de poder de 1689 se indicaba que se
había seguido causa por Ana García, viuda de Francisco Martínez,
14 AHDA, Bautismos de la parroquia de San Juan Bautista de Albacete, lib. 7.
15 AHDA, Libro de Bautismos de la parroquia de San Juan Bautista, lib. 5.
16 Recomendamos seguir la trayectoria familiar de D. Nicolás Ochoa en la excelente tesis
doctoral de Sebastián Molina, 2005, pp. 335-344.
Carmen Hernández López
PRÁCTICAS Y ESTRATEGIAS DE REPRODUCCIÓN SOCIAL. CICLO FAMILIAR DE DOÑA CATALINA ANTONIA DE CANTOS BARRIONUEVO (ALBACETE, 1669-1720)
gina 253
«por suponer haber cometido con la susodicha el delito de incontinen-
cia». Fue condenado a pagar 200 ducados para alimentos de la viuda
y de sus hijos y a «otras penas y gastos que se me han originado»17.
Tal conducta no se corresponde con la señalada por los testigos del
Expediente de limpieza de sangre de Dª. Catalina. En lo que respecta
a D. Andrés de Cantos, su carrera municipal no fue muy notoria. En
1645 se presentó como candidato a alcalde de hermandad sin obte-

del bautizo de su hija, era alcalde ordinario de la villa por el estado
noble. La genealogía no fue el único requisito de presentación de-
mandado en el matrimonio de Dª. Catalina de Cantos. Fue necesario
también el expediente de limpieza de sangre al pertenecer su futuro
marido a la orden de Montesa y a una de las familias de mayor abo-
lengo y prestigio de Almansa (Anexo. Esquema 1).
2.1.2. ¡¡Hay trato!! Las Capitulaciones matrimoniales y dote de
doña Catalina de Cantos Barrionuevo y don Francisco
Galiano Espuche18.

de la villa y abuelo materno de Dª. Catalina), Dª. Úrsula Ochoa Mon-
tañés (viuda de D. Andrés de Cantos Barrionuevo) y D. Francisco Ga-
liano (Figura 1). Dicen las capitulaciones que para este matrimonio
«ha habido un trato» y los señores otorgantes entregan como dote
matrimonial a Dª. Catalina Antonia de Cantos la cantidad de 8.000
ducados de vellón en ganados lanares, mulas de labor, plata labrada,
joyas de oro, alhajas y ropa blanca, además de un cercado de 2.000
vides, más o menos, en la dehesa de esta villa. También le habrían de
dar el heredamiento de Horna en la jurisdicción de Chinchilla, con
1.700 almudes de tierra y casas de morada en dicha ciudad por ser
hermana segunda de D. Andrés de Cantos Barrionuevo y por estar
el heredamiento y casas ligados a la fundación del referido vínculo.
Cabe comentar también que Dª. Catalina sucede a su padre en el
17 Poder de don Nicolás de Ochoa, AHPA, caj.1008, expd.3, fols.63r-63v
18 Capitulaciones matrimoniales entre don Nicolás de Ochoa, doña Úrsula Ochoa y don Fran-
cisco Galiano Espuche, AHPA, caj. 1007, expd. 4, fols. 27r-29v.
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vínculo fundado por Pedro Gascón Soriano sobre el heredamiento
de Horna al ser incompatible con los creados por Jorge del Cañavate
(aquí el sucesor fue su hermano varón D. Andrés de Cantos Barrio-
nuevo) y por su bisabuelo Gabriel de Ochoa (Molina, 2005, p. 341).
La cuestión del mayorazgo es otro de los pilares de ascenso
social en los grupos de la élite española. Era una manera de proteger
los bienes patrimoniales de la familia de las divisiones de la herencia
igualitaria. El hermano de Dª. Catalina tenía la primogenitura y, por
consiguiente, era el depositario de los bienes patrimoniales familia-
res. El hijo primogénito era el destinatario de la mayor parte de la
herencia familiar y la reproducción social le hace depositario de las
ambiciones de la familia. Como la primogenitura antepone el varón
a la mujer, Dª. Catalina queda en segundo lugar pese a que D. Andrés
de Cantos naciera después. Estamos ante el denominado mayorazgo
regular que prioriza al varón sin excluir a la mujer (Soria, 2007, p.
225-226). Es decir, Dª. Catalina o cualquiera de sus hijas son poster-
gadas, pero no excluidas frente a otros parientes varones colatera-
les, lo que, en suma, posibilita agregar más bienes vinculados.
Siguiendo con las capitulaciones matrimoniales, D. Francisco
Galiano Espuche «se ha de obligar a vivir en esta villa sin que en nin-
gún tiempo pueda sacar de ella a doña Catalina Antonia para vivir en
otra tierra, porque como dicho es, ha de vivir y habitar en est19. Y así
lo acepta: «acepto con los pactos y condiciones que en ella se decla-
ran». Se incluye también la obligación por parte de D. Francisco de
que, tras el casamiento, hará reconocimiento a su favor de los 8.000
ducados en los géneros declarados. Y si dicho matrimonio fuese pa-
rado o disuelto por muerte o divorcio volverán los 8.000 ducados
a Dª. Catalina. Añaden otras cláusulas, como la de «si hubiese una
parte inobediente ha de pagar a la otra parte dos mil ducados y otros
dos mil ducados para la real cámara, además de los daños e intereses
que se requieren».
19 En España, hasta bien avanzado el siglo XIX, la mujer estaba obligada a vivir con su ma-

ley 14/1975.
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PRÁCTICAS Y ESTRATEGIAS DE REPRODUCCIÓN SOCIAL. CICLO FAMILIAR DE DOÑA CATALINA ANTONIA DE CANTOS BARRIONUEVO (ALBACETE, 1669-1720)
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Figura 1. Capitulaciones matrimoniales entre don Nicolás de Ochoa,
doña Úrsula Ochoa y don Francisco Galiano Espuche.

Fuente. AHPA. caj. 1007, expd.4. fol. 29v (difusión autorizada por JCCM y AHPA)
La cantidad aportada por D. Francisco al matrimonio, según
declaraba en su testamento es de 60.000 reales, más los bienes que
tiene en la villa de Almansa. De dicha cantidad se deducen los 10.000
que costaron las joyas que le regala a la novia y los gastos del matri-
monio20. Bienes que durante los cinco primeros años del matrimo-
nio «aumentaron en cantidad de cien mil reales, con poca diferencia».
Cinco años después del matrimonio vuelven a reunirse los otorgan-
tes de las capitulaciones -Nicolás de Ochoa, Úrsula Ochoa, Catalina
Antonia de Cantos y Francisco Espuche- y confeccionan una escritu-
ra21 indicando que al tiempo que se trató el matrimonio se le dio en
20 Testamento y codicilios de D. Francisco Galiano Espuche, AHPA, caj. 1009, expd. 1, fols,
119r-125v
21 Escritura entre don Nicolás de Ochoa, doña Úrsula Ochoa, don Francisco Galiano y doña
Catalina de Cantos, su mujer, AHPA, caj. 1009, expd. 1, fols. 10r-13r
declarados. Y si dicho matrimonio fuese parado o disuelto por muerte o divorcio
volverán los 8.000 ducados a Dª. Catalina. Añaden otras cláusulas, como la de «si
hubiese una parte inobediente ha de pagar a la otra parte dos mil ducados y otros dos
mil ducados para la real cámara, además de los daños e intereses que se requieren».
Figura 1. Capitulaciones matrimoniales entre D. Nicolás de Ochoa, . Úrsula
Ochoa y D. Francisco Galiano Espuche. Firma final (1690).
Fuente. AHPA. caj. 1007, expd.4. fol. 29v (difusión autorizada por JCCM y AHPA)
La cantidad aportada por D. Francisco al matrimonio, según declaraba en su
testamento es de 60.000 reales, más los bienes que tiene en la villa de Almansa. De
dicha cantidad se deducen los 10.000 que costaron las joyas que le regala a la novia y
los gastos del matrimonio20. Bienes que durante los cinco primeros años del matrimonio
«aumentaron en cantidad de cien mil reales, con poca diferencia». Cinco años después
del matrimonio vuelven a reunirse los otorgantes de las capitulaciones -Nicolás de
Ochoa, Úrsula Ochoa, Catalina Antonia de Cantos y Francisco Espuche- y confeccionan
20
Testamento y codicilios de D. Francisco Galiano Espuche, AHPA, caj. 1009, expd. 1, fols, 119r-125v
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gina 256
dote 8.000 ducados y, posteriormente, por razón de ambas legítimas
-paterna y materna- (Figura 2), D. Nicolás y Dª. Úrsula entregarán a
D. Francisco y Dª. Catalina 72.900 reales de vellón, de ellos 54.900
en los bienes expresados en dicha escritura y los 16.500 restantes
en dinero para que la hija mayor de Dª. Catalina pueda tomar esta-
do. Y si muriera sin tomarlo, servirían para que cualquier otra de
sus hijas lo tome. El patrimonio era importante: dos heredades en el

(590 reales) y una casa principal en la villa de Albacete -calle Con-

el ayuntamiento de Albacete, por herencia de don Nicolás (11.000
reales); y dos censos a su favor (1.500 y 800 reales de principal).
Además, le entregan otra casa de morada en la calle de san Agustín,
valorada en 800 reales. Aún sin tener en cuenta las legítimas de Dª.
Catalina, su dote matrimonial es muy elevada22 en comparación con
las más comunes y se aproxima a las dotes otorgadas por los gru-
pos de la élite23. Así, en el siglo XVII y para una muestra de 33 dotes
concedidas en la villa de Almansa -confeccionada por Sebastián Mo-
lina en su tesis doctoral- el montante oscilaba entre 1.300 y 99.000
reales, siendo el promedio 31.313 reales. Según esta misma fuente,
en las villas de La Roda, Tobarra y Albacete las medias dotales as-
cendían a 47.000, 47.564 y 62.182 reales, respectivamente (Molina,
2005, pp. 431-434 y 438-439).
22 La media dotal femenina del siglo XVII es de 920 reales en la Mancha Oriental y 2.104
en la villa de Albacete (esta referida a la segunda mitad de la centuria). En 1640-1800 el
promedio dotal albaceteño fue de 2.566 reales, sobrepasando los 25.000 reales un 10 %
(Hernández, 2016, pp. 462-46).
23 Las dotes matrimoniales de Dª. Catalina Antonia Cantos y la de su hija, Ángela Galiano
vienen recogidas, junto a otras 42 dotes del siglo XVII de los grupos de la élite de Albacete,
en las tablas Dotes y bienes entregados como ayuda al matrimonio de la villa de Albacete de
la tesis doctoral de Sebastián Molina (2005, pp.431-432)
Carmen Hernández López
PRÁCTICAS Y ESTRATEGIAS DE REPRODUCCIÓN SOCIAL. CICLO FAMILIAR DE DOÑA CATALINA ANTONIA DE CANTOS BARRIONUEVO (ALBACETE, 1669-1720)
gina 257
Figura 2. Firmas de la entrega de legítimas a
doña Catalina Antonia de Cantos
Fuente: AHPA, caj. 1009, expd. 1, fol.13r (difusión autorizada por JCCM y AHPA)
2.1.3. ¡Los Cantos y Ochoa son muy buenos hidalgos y limpios de
toda mala raza de judíos, moro o confeso en grado alguno
por remoto que fuere! Expediente de limpieza de sangre
(1690)
El Expediente de Pruebas de Limpieza de Sangre de doña Cata-
lina Antonia de Cantos Barrionuevo24 para contraer matrimonio con
D. Francisco Galiano, caballero de la orden de Montesa, abre nue-
vas vías de investigación. Y si se me permite la licencia, imaginen
que Dª. Catalina de Cantos nos concediera una entrevista. A nadie
le extrañaría que le preguntásemos por la lista de regalos, invitados
a la boda o sus planes futuros, pero resultaría improcedente, pavo-
roso, repulsivo y fuera de razón hacerlo sobre si sus antepasados
familiares «los unos y los otros, eran y fueron cristianos viejos, lim-
pios y muy honrados y comúnmente respetados» o si «están limpios,
sin mezcla alguna con moros y judíos». En el siglo XVII, sin embargo,
nada de esto resultaba execrable para una mujer que iba a contraer
matrimonio con un caballero de hábito de la Orden de Montesa.
Y se abrieron expedientes de limpieza de sangre sobre ellos y sus
antepasados. El procedimiento, según se expone en el Expediente,
24 Información de la limpieza de sangre de doña Catalina de Cantos Barrionuevo, con quien
quiere casar D. Francisco Galiano, caballero de la Orden de Montesa. Por fray don Hipólito de
Samper y Gordejuela, AHN, Montesa, Casamientos, expd. 43
Figura 2. Firmas de la entrega de legítimas a doña Catalina Antonia de Cantos
Fuente: AHPA, caj. 1009, expd. 1, fol.13r (difusión autorizada por JCCM y AHPA)
2.1.3. ¡Los Cantos y Ochoa son muy buenos hidalgos y limpios de toda mala raza de
judíos, moro o confeso en grado alguno por remoto que fuere! Expediente de
limpieza de sangre (1690)
El Expediente de Pruebas de Limpieza de Sangre de Dª. Catalina Antonia de
Cantos Barrionuevo
24
para contraer matrimonio con D. Francisco Galiano, caballero de
la orden de Montesa, abre nuevas vías de investigación. Y si se me permite la licencia,
imaginen que Dª. Catalina de Cantos nos concediera una entrevista. A nadie le
extrañaría que le preguntásemos por la lista de regalos, invitados a la boda o sus planes
futuros, pero resultaría improcedente, pavoroso, repulsivo y fuera de razón hacerlo
sobre si sus antepasados familiares «los unos y los otros, eran y fueron cristianos viejos,
limpios y muy honrados y comúnmente respetados» o si «están limpios, sin mezcla
alguna con moros y judíos». En el siglo XVII, sin embargo, nada de esto resultaba
execrable para una mujer que iba a contraer matrimonio con un caballero de hábito de la
Orden de Montesa. Y se abrieron expedientes de limpieza de sangre sobre ellos y sus
antepasados. El procedimiento, según se expone en el Expediente, consistía en avisar a
24Información de la limpieza de sangre de Catalina de Cantos Barrionuevo, con quien quiere casar D.
Francisco Galiano, caballero de la Orden de Montesa. Por fray don Hipólito de Samper y Gordejuela,
AHN, Montesa, Casamientos, expd. 43
AL-BASIT 68 • PÁGS. 245-288INSTITUTO DE ESTUDIOS ALBACETENSES «DON JUAN MANUEL»ALBACETEISSN 0212-8632
gina 258
consistía en avisar a las autoridades civiles y eclesiásticas y bus-
  
en su familia descendientes de moro o judío, ni converso o peni-
tenciado por la inquisición. Se sacaron las partidas de bautismo y
de matrimonio de padres, abuelos y bisabuelos, para comprobar su
cristiandad pues los Estatutos de Limpieza 
generaciones sin sangre judía o mora, los famosos cuatro costados
que borraban las huellas del origen impuro (Salazar, 1998, p. 289).
Dichas pruebas eran económicamente costosas para la mayoría de
la población y acudieron a una de las personas más dignas, osten-
tadora de numerosos cargos y honores dentro del estamento ecle-
siástico: fray Hipólito de Samper y Gordejuela, prior de san Jorge,
capellán de honor de S.M, procurador de la Orden de Montesa, ad-
ministrador del hospital real de nuestra señora de Monserrat de la
corona de Aragón y juez de la nunciatura de España. Recibió por
testigo a D. Juan Rodrigo, caballero de la Orden de Santiago, natu-
ral de Villaescusa de Haro, que dijo ser de 52 años y juró decir la
verdad en lo que supiere y fuere interrogado. Conocía a Dª. Cata-
lina, es limpia de sangre y sus familias «son de las primeras y más
estimadas de aquel contorno, y emparentadas con las mejores de la
Mancha». Y cree que los Cantos y Ochoa «son muy buenos hidalgos y
limpios de toda mala raza de judíos, moro o confeso en grado alguno
por remoto que fuer. Otro testigo añadía que D. Andrés de Cantos,
-
lás de Ochoa, su abuelo materno y «ambas familias están estimadas
y reputadas en todos aquellos contornos de la Mancha por hidalgos y
limpias de sangre, sin que por parte de alguna les toque raza de judío,
moro o confeso». Estas declaraciones falsean la realidad pues, como
indicamos en su momento, la familia Ochoa, los abuelos maternos
de Dª. Catalina no pertenecen a la hidalguía, aunque el testigo del
ExpedienteEs-
tatutos de Limpieza de Sangre se deja ver la necesidad y posesión de
una cualidad hereditaria propia, la pertenencia a la nobleza o a una
de las Órdenes Militares. (Hernández y Ruiz, 2003, pp. 40-41). Para
ello no dudan en recurrir, si fuese necesario, a manipular la verdad
o simplemente ocultarla en sus declaraciones.
Carmen Hernández López
PRÁCTICAS Y ESTRATEGIAS DE REPRODUCCIÓN SOCIAL. CICLO FAMILIAR DE DOÑA CATALINA ANTONIA DE CANTOS BARRIONUEVO (ALBACETE, 1669-1720)
gina 259
La historia de interrogatorios y limpieza de sangre pervivió
en España hasta el siglo XX25. Los estatutos regían para entrar en
los colegios universitarios y órdenes militares, para pertenecer a
ciertas cofradías o para obtener el título de abogado, maestro, es-
cribano, y, con el tiempo, matiza Salazar, "era un signo de distinción
para adornar una profesión o una entidad deseosa de adquirir presti-
gio social". Es el caso de los monasterios femeninos de la Orden de
Santiago26. No obstante, hasta mediados del siglo XVII en la villa de
Albacete no consta que hubiese estatutos de limpieza de sangre ni
27. Ante la cuestión de
si la limpieza de sangre revela intolerancia o racismo, Jaime de Sa-
lazar argumenta que no se puede contemplar como concepto racial
sino, más bien, ideológico. No se trata de defender la pureza de una
raza sino de mantener la integridad de un dogma. Además, aunque
la limpieza de sangre era una ordenanza con motivos religiosos, en
la práctica derivaba de resentimientos y envidia de clase (Salazar,
1991, pp. 293-294). Esta cuestión nos remite a los judeoconversos y
su constante preocupación por ocultar su pasado judío. La Inquisi-
ción les hizo personas vulnerables, empujándolos -a los que podían
permitírselo económicamente- a una profunda defensa de la fe cató-
lica, fundación de conventos, donativos y capillas en las iglesias, en-
noblecimiento de apellidos, armas y escudos. Pero la triste realidad
es que estas ocultaciones provocaron una grave pérdida de saberes
para la Historia Social, del Arte-Patrimonio o de la Familia (Soria,
2019). Sirva de ejemplo la información aportada por Pretel sobre
los judeoconversos de Alcaraz y la falsedad genealógica de algunos,
como la ofrecida sobre el bachiller Sabuco donde consta ser rebis-
nieto de Mari López, quemada por la Inquisición y bisnieto de la
25 Las pruebas de limpieza se suprimen legalmente en 1833, excepto para el ejército y la
marina que sería en 1865.
26 Un buen ejemplo es el Expediente de Pruebas de la señorita Luisa Matilde Ponce de León y
Encina para que pueda usar su hábito de religiosa de la Cruz de Santiago. Informante el Ca-
ballero Profeso, don Carlos de Andrade y Despujol, AHN, OOMM, Santiago, Religiosas, expd.
540. Se incoa en 1910.
27 Las oligarquías locales de Madrid y Murcia intentan frenar por medio del estatuto de
limpieza de sangre el acceso al concejo a “nuevas” familias. Esta medida no interesaba a
las oligarquías del corregimiento de Chinchilla-Villena porque era muy cara en términos

relación (Molina, 2005, p. 255)
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hija de esta y un tal Alfonso condenado por la Inquisición en Toledo
(Pretel, 2017, pp. 62- 63).
2.2. Tomar estado de religiosa: ¿doncellas compelidas por
sus padres?
Una línea renovada de investigación histórica contempla la
vida monacal femenina como parte de una estrategia familiar pues-
ta en juego por los padres o tutores de aquellas jóvenes novicias y
monjas. Resulta muy interesante saber que entre los siglos XVI y
XVII miles de hijas de la nobleza española, apunta Enrique Soria,

la cifra con las desamortizaciones del XIX. Cuando una familia tenía
varias hijas casaderas, los padres buscaban soluciones dignas para
ellas. Una, era el estado matrimonial, opción problemática si no era
posible dar dotes adecuadas a todas. Ante tal dilema, el convento fue
la solución perfecta encontrada por la nobleza católica (Soria, 2017,
pp. 162-163). La soltería de las mujeres no era conveniente para la
familia. Al profesar en una orden religiosa las muchachas renuncia-
ban a las legítimas paterna y materna y los padres o tutores daban
una dote al convento que, en Albacete, oscilaba de 800 a 1.000 du-
cados. No obstante, en la mayoría de los conventos de monjas solo

su manutención. Ante ello cabe preguntarse si estas jóvenes religio-
sas eran vocacionales o fueron obligadas a vivir en los conventos.
Domínguez Ortiz señalaba al respecto que las doncellas compelidas
por sus padres a entrar en el convento era una realidad, aunque qui-
“La necia vanidad reinan-
te obligaba a muchas a esta solución no deseada para que la única
hermana destinada al matrimonio pudiera llevar un ajuar fastuoso y
una dote crecida” (Domínguez, 1992, vol. II, p. 114). Estas niñas (al-
gunas con poco más de 14 años) apenas podían discernir qué des-
tino elegir, pero ello no implica que fueran obligadas drásticamente
a morar entre las rejas conventuales. En este sentido, admitimos
como lo más sensato la idea defendida por Enrique Soria de pre-
parar el terreno poco a poco, educando a las niñas en un ambiente
familiar propenso al recogimiento, a la religiosidad extrema y a la
Carmen Hernández López
PRÁCTICAS Y ESTRATEGIAS DE REPRODUCCIÓN SOCIAL. CICLO FAMILIAR DE DOÑA CATALINA ANTONIA DE CANTOS BARRIONUEVO (ALBACETE, 1669-1720)
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devoción, donde la vida de monja apareciera como modelo a imi-
tar, un camino de salvación cercano y seguro (Soria, 2007, p. 164).
Ello explicaría que muchas jóvenes hermanas, primas e incluso la
madre al enviudar ingresaran en la vida conventual, originando los
denominados conventos familiares. Buenos ejemplos de ello fueron
el convento de Franciscanas de Albacete (Mateos, 1983, p. 94) y los
de Agustinas Recoletas de Almansa y Murcia que tan relevantes se-
rían en la vida de Dª. Catalina. Su suegro fue patrono del almanseño
y factor clave para su consolidación en la villa, lo que nos lleva a na-
rrar la leyenda de un supuesto milagro surgido de la intercesión de
una de sus monjas, la hermana san Simeón, y alude al nacimiento de
D. Francisco Galiano Espuche ante la imposibilidad de concebir de
su madre. La leyenda del milagro, recogido en 1690 por fray Alonso
de Villerino y mencionado por Pascual Clemente en su obra sobre
el convento de Agustinas de Almansa (Clemente, 2005, p. 41), no se
sostiene mínimamente a poco que se indague en los libros parro-
quiales y en la genealogía familiar. Hubo otros hijos antes y después
de nacer D. Francisco, pero era apropiada y necesaria para fortale-
cer la orden religiosa con este tipo de sucesos (Anexo. Esquema 1).
Siguiendo a María José de la Pascua, el espacio conventual
tuvo unas funciones muy precisas en la cultura de los siglos XVI y
XVII que, sin duda, coadyuvaron en la reproducción del orden so-


espacio en el que las mujeres pudieron evadir roles sociales limita-
dores de su individualidad y sustraerse de la sexualidad y autoridad
patriarcal. El convento vendría a ser en estas circunstancias espacio
de libertades más que lugar de encierro, otorgando a sus moradoras
posibilidades más amplias (Pascua, 2015). Sobre este particular se
añade un nuevo elemento de análisis: el modelo establecido28. La
vida religiosa de las mujeres en la sociedad del siglo XVII tiende a
adecuarse al modelo establecido, pero sufriendo los condicionan-
tes de la realidad social, de la práctica cotidiana de la religión. Hay
28 La Iglesia cristiana determina dos modelos de comportamiento religioso, el masculino
y el femenino. Ambos son visibles en fuentes de carácter doctrinal (Padres de la Iglesia,
teólogos y escritores religiosos posteriores) que ofrecen unas pautas de comportamiento
religioso distintas para hombres y mujeres. (Segura, 1991, pp. 13-15)
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además otro estado más profundo que el sentimiento religioso, la
espiritualidad. Sus manifestaciones en las mujeres responden a
impulsos individuales y no a la búsqueda de adecuarse al modelo.

apartarse del modelo establecido y practicar una religión más per-
sonal y libre? Para Cristina Segura tal proceder fue posible (Segura,
-
te y queda abierta a futuras investigaciones.
3. LA VIUDEDAD DE DOÑA CATALINA ANTONIA DE CANTOS
BARRIONUEVO. DEPOSITARIA DEL ETHOS FAMILIAR
3.1. El Privilegio de Viudas y nuevos comportamientos de
actuación
La holgada situación económica de Dª. Catalina de Cantos
tras enviudar es evidente conocidas sus transacciones económicas y
bienes patrimoniales. A la muerte del esposo su condición civil cam-
bia al pasar de casada a viuda, una situación especial contemplada
desde la perspectiva de género. En la Edad Moderna enviudan tanto
varones como mujeres, pero las consecuencias son muy diferentes.

les transforma por completo su posición social y capacidad de obrar
(Birriel, 2008, p.7).
En el reino de Castilla el régimen matrimonial más extendi-
do era el de comunidad de gananciales que establece la calidad de
condueños de marido y mujer sobre los bienes adquiridos durante
el matrimonio y los frutos de los bienes propios, aunque sea el ma-
rido quien los administre como cabeza de la casa. Una vez disuelto
el vínculo matrimonial, el cónyuge supérstite, viudo o viuda, o sus
herederos, podrán disponer de ellos, procediéndose a dividir por
mitad (Birriel, 2008, p. 33). Como mujer casada, la sociedad la vin-
culaba al ámbito doméstico y la viudedad le permitía salir de él. No
es que la aparte de la vida doméstica, sino que su nueva condición
le permite conjugar las funciones domésticas y la vida mercantil y
laboral, sin dejar de ejercer como jefa de la casa con ciertas connota-
ciones especiales como matrona y señora de criados (Ortego, 2008).
Carmen Hernández López
PRÁCTICAS Y ESTRATEGIAS DE REPRODUCCIÓN SOCIAL. CICLO FAMILIAR DE DOÑA CATALINA ANTONIA DE CANTOS BARRIONUEVO (ALBACETE, 1669-1720)
gina 263
Dª. Catalina cumplió esta y otras funciones tras el privilegio que le
otorgó la viudedad, término correcto puesto que el Privilegio de las
Viudas se entendía como una ventaja procesal hacia ellas para que
pudieran dirimir sus controversias, tanto civiles como criminales,
ante un órgano judicial superior del que, en estricta aplicación de
los criterios de competencia, les correspondería (Bouzada, 1997, p.
203). Así, dicho Privilegio permitió a Dª. Catalina solventar ante D.
Andrés Pinto de Lara, del consejo de su majestad, el discernimiento

las personas y bienes de sus tres hijas menores.
3.1.1. Tutora, curadora y administradora de los bienes de sus hijas
D. Francisco Galiano y Dª. Catalina de Cantos tuvieron tres
hijas. La mayor, María, fue bautizada en 1691 en la parroquial de
Almansa29 pues parece ser que en los primeros años de matrimo-
nio se contravino la condición de residir en la villa de Albacete. La
segunda, Ángela, nacía el 4 de abril de 169330, siendo apadrinada
en Albacete por D. Andrés de Cantos Cañavate, hermano de Dª. Ca-
talina. La pequeña, Úrsula, fue bautizada en la iglesia de san Juan de
Albacete, el 2 de mayo de 169531. La vida matrimonial de la pareja
fue corta. D. Francisco falleció el 5 de noviembre de 1695, siendo
enterrado con solemnidad en la capilla de la Inmaculada Concep-
ción de la parroquia de san Juan Bautista de Albacete32. En su testa-
mento ordenaba que se le dijesen 3.500 misas rezadas y otras 500
por las ánimas de sus padres. Doña Catalina no volvería a contraer
matrimonio, ocupándose de la educación y crianza de sus hijas y, a
la vez, de administrar su hacienda. Como viuda recuperó su dote y,
a nivel jurídico, mucho más. Por la Ley 56 de Toro, la mujer casada
tenía capacidad jurídica, pero requería, por sistema, de la licencia
marital para obrar (Muñoz, 1989, p. 448). Al enviudar su capacidad
jurídica de obrar se convertía en plena pudiendo participar en todo
29 AHDA, libro de Bautismos de la villa de Almansa, lib. 8, fols.348r-348v
30 AHDA, Libro de Bautismos de la parroquia de san Juan Bautista de Albacete, lib. 8, fol.
424v.
31 AHDA, Libro de Bautismos de la parroquia de san Juan Bautista de Albacete, lib. 8
32 AHDA, Libro de defunciones de la parroquia de san Juan Bautista de Albacete, lib. 76
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gina 264
tipo de negocios mercantiles de compraventa, arrendamiento, tra-
tos, granjerías o donaciones. Todo ello permitió a Dª. Catalina ser
tutora curadora de sus hijas y administrar el patrimonio familiar.
No obstante, conviene aclarar dos hechos. Primero, en el derecho
castellano de los siglos XVII y XVIII se consideraban menores a las
personas por debajo de los 25 años, diferenciando entre niñez (0-12
años en las mujeres y 0-14 años en los hombres) y juventud (de 12
o 14, según sexo, hasta cumplir 25 años). Y segundo, el curador solo
se ocupaba de los intereses económicos de los menores en años de
juventud (Tovar, 2020, p. 127; Febrero, 1828, pp. 156-162).
D. Francisco Galiano Espuche33 declaraba en su testamento
dejar a su mujer como tutora, curadora y administradora de sus hi-
jas, con la obligación de educarlas y criarlas, lo que constituía una
práctica habitual en la época. En otras palabras, al fallecer el padre,
la madre obtenía y asumía la guarda, protección, educación y crian-
za de sus hijos y la gestión de sus bienes mientras fuera viuda. Si
dejara de serlo perdería los derechos de tutela. Esta labor llevó a
Dª. Catalina varias veces ante el notario. El 5 de noviembre de 1695
este dijo: «se da por entregada de los bienes de sus hijas de lo que
pertenezca de la herencia y que acepta el cargo de tutora curadora
y administradora de los bienes y derechos de sus hijas, obligándose
bajo fianza con veinte mil ducados»34. A la muerte de D. Francisco
Galiano, las tres menores quedaron legalmente bajo la administra-
ción, tutela y curatela de su madre, que asume la patria potestad.

cesión del usufructo de los bienes y haciendas paternos, bienes vin-
culados o libres, casas, ganados, tierras, censos, molinos… «y se da
por entregada de los bienes de sus hijas de lo que pertenezca de la
herencia». Finalmente, al aceptar el cargo de tutora curadora y ad-
ministradora de los bienes y derechos de sus hijas queda obligada

se eximía de pagar con frecuencia (Tovar, 2020, p. 128). Dª. Catalina
33 Testamento de don Francisco Galiano Espuche y dos codicilos, AHPA, caj, 1009, expd. 1,
fols. 119r-125v.
34 AHPA, caj. 1009, expd. 1, fols. 126 r-126v. Ante don Isidro Arze y Pinto de Lara del Con-
sejo de su majestad, su alcalde de hijosdalgo de la Real Chancillería de Granada, corregidor
y justicia mayor de Chinchilla.
Carmen Hernández López
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gina 265

Febrero (1976, p. 156): «debe afianzar, aunque sean muy ricos, para
la responsabilidad de la tutela o curaduría». También se menciona
el discernimiento y obligación de gestión: «administrará boneficia-
re todos los bienes y haciendas, muebles raíces de cualquier calidad
que sean, que toquen y pertenezcan a sus hijas menores». Por ello, el
mismo día se emite otra escritura de juramento y obligación que le
daba poder y facultad para administrar el caudal de las menores,
cobrar débitos, arrendar, ajustar cuentas y otras formas cualquie-
ras35. Además, D. Francisco encomienda a su esposa a entregar 200
ducados a una niña, Dª. Isabel Flores, «por el amor y voluntad que le
tengo». A tenor de lo referido debió ser un personaje importante en

tenerla al servicio de su hacienda. Pero, como veremos, su esposa
no estaba para estos legados. Tuvo que solventar varias cuestiones
notariales, incluso algún pleito sobre sus posesiones y medianerías
en la jurisdicción de Chinchilla. El 30 de septiembre de 1705 otor-
gó un poder a don José Martínez para que pudiera aparecer ante la
justicia de Albacete y los señores presidente y regidores y oidores
de su Real Consejo para defenderla «en el pleito que me tiene puesto
Pedro Martínez, mi mediero de la heredad de Horna, jurisdicción de
Chinchilla»36. Sin embargo, será la gestión ganadera la que le reporte
mayores inquietudes, pero también mejores resultados a nivel eco-
nómico, social y familiar.
3.1.2 Dueña de ganados, que trata en ellos, y hace granjería
-
cultad como administradora de las menores, comienza una etapa
de mayor autonomía e independencia haciéndose cargo de la ha-
cienda, del ganado y de la familia. Podríamos decir que ejerce como
ganadera, pero en el siglo XVIII dicho vocablo era preferentemente
masculino, al menos en el Diccionario de Autoridades: «Dueño de
ganados, que trata en ellos, y hace granjería»37. Dª. Catalina ejerció
35 AHPA, caj.1009, expd.1, fols.126r-126v.
36 Poder de doña Catalina de Cantos, AHPA, caj. 1011, expd. 4, fols. 87r-87v
37 Diccionario de Autoridades, t. IV, 1734.
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como ganadera en pleno sentido de la palabra pues trataba sobre
sus ganados, realizaba compraventas y hacía negocios o granjerías38.
Tenía la mayor parte de sus reses en la Casa de la Torre, jurisdicción
de Albacete. La dispersión espacial de pastos y de bienes hizo con-
veniente otorgar poderes a vecinos o familiares para que actuasen
legalmente en su nombre. Como administradora de las personas y
bienes de sus tres hijas, el 8 de agosto de 1696 otorga poder al li-
cenciado presbítero Jiménez para que en su nombre pueda recibir
en juicio y fuera de él «todas y cuales cantidades desde maravedíes,
trigo, cebada, centeno y otras semillas y frutos que me debieren»39,
tanto en esta villa de Albacete como en la de Almansa, en la ciudad
de Chinchilla y en otras partes. El 16 de septiembre de 1704 otorga-
ría otro poder a Juan de Arteaga, vecino de Almansa, para que pueda

(…) y arrendar cualesquiera de mis bienes raíces en dicha villa como
tutora de mis hijas menores40. Hay muchas huellas de su paso por
las escribanías de la villa buscando solucionar cuestiones relativas a
la administración del ganado. Ante el escribano D. Antonio de Orea,
concede en septiembre de 1696 a Agustín Mancebo, mayoral de sus
ganados, un poder para comprar yeros en las zonas, ciudades y vi-
llas donde pastan (Andalucía, reino de Aragón y de Valencia, Carta-
gena, Hellín, Tobarra, Molina, Mula…):
…para que en mi nombre [… ]vaya a las ciudades de Murcia, Lor-
ca, Cartagena y la villa de Almansa, Cieza, Hellín, Jumilla, Tobarra,
Molina y otras, […] como de Valencia, de Aragón y pueda comprar

pasto de mis ganados así para este presente año como para los
venideros al precio de maravedíes que le pareciere o si fueren en
almoneda pública haga de las posturas y pujas que por bien tuvie-
re, arreglándose en todo al acuerdo del Honrado Concejo de la
Mesta41.
38 Diccionario de Autoridades, t. IV: granjería es el modo de aumentar el caudal, criando
ganado, vendiéndole o comerciando con otras cosas.
39 AHPA, caj. 1009, expd. 3, fols. 127 r-127v
40 Poder de doña Catalina de Cantos, AHPA, caj. 1011, expd. 2, fol. 126r-126v
41 AHPA, caj. 1009, expd. 3, fols. 128 r-129v
Carmen Hernández López
PRÁCTICAS Y ESTRATEGIAS DE REPRODUCCIÓN SOCIAL. CICLO FAMILIAR DE DOÑA CATALINA ANTONIA DE CANTOS BARRIONUEVO (ALBACETE, 1669-1720)
gina 267
Los contactos con el Honrado Concejo de la Mesta le garanti-
zan seguridad en sus compraventas y potencian su papel como ga-
nadera, a la vez que le dan prestigio socioeconómico. Por ello pide
a su apoderado que respete los acuerdos con dicha institución a la
hora del traslado de sus ganados por las cañadas, veredas y corde-
les mesteños que surcaban la jurisdicción albaceteña desde tiempos
medievales. El destino principal era el reino de Murcia, siendo sus
mayorales quienes se ocupan de arrendar en su nombre hierbas y
pastos42. El 20 de marzo de 1703 otorgó una escritura de poder a fa-
vor de Agustín Mancebo para ir a Murcia, Lorca, Villena, Cartagena,
Almansa, Yecla, Jumilla, Molina y otras ciudades, villas y lugares del
reino de Murcia, de Andalucía o Valencia y «pueda comprar y compre
la cantidad de hierbas que le pareciere suficiente para el pasto de mis
ganados, por el tiempo que quisiere y en concejos, iglesias, hospital,
universidades, comunidades [ …] por el precio que le pareciere»43.
La venta de lana la gestionó directamente Dª. Catalina se-
gún consta en numerosos expedientes de compraventas de lana y
añinos. El 16 de diciembre de 1713 Fernando Ximénez de Almansa

Dª. Catalina de Cantos por la compra de 20 arrobas de lana parda al
precio de 25 reales/arroba44-
tra Francisco López y Agustín Sánchez Ventura obligándoles a pagar
915 reales cada uno a Dª. Catalina por la adquisición de la lana par-
da -a 35 reales/arroba- y dos arrobas de añinos45. Ese mismo día,

obligación a favor de Dª Catalina por 880 reales, valor de la venta de
32 arrobas de lana parda y 4 de añinos46.
42
mayores (Rodríguez-Picavea, 1998, p. 123). En invierno debían asegurarse pastos con
hierba fresca en territorios más cálidos que los manchegos.
43 Poder de doña Catalina de Cantos, AHPA, caj. 1011, expd. 1, fol.55r-55v
44 Carta de Obligación de doña Catalina de Cantos contra Fernando Xnez de Almansa, AHPA,
caj,1015, expd. 3, fols. 86r-86v
45 Carta de Obligación de doña Catalina de Cantos contra Francisco López y Agustín Sánchez
Ventura, AHPA, caj. 1015, expd. 3, fols. 87r-87v
46 Carta de Obligación de doña Catalina de Cantos contra Pedro de Ves y Juan Quilez, AHPA,
caj, 1015, expd. 3, fols. 88r-88v.
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El ganado era uno de los pilares de la riqueza de la familia de
Dª. Catalina de Cantos. Las transacciones mercantiles realizadas en
su periodo de viudedad estaban, casi todas, ligadas al comercio de
lana y otorgamiento de poderes para arrendar pastos. Pertenecía,
junto a las familias Carrasco, Cañavate, Villanueva o Munera, a la oli-
garquía ganadera que controlaba el poder político, tierra y pastos en
la jurisdicción albaceteña. La Mancha era una zona pecuaria exce-
lente, sobre todo para las cabañas lanar y, en menor grado, caprina.
Dª. Catalina administraba «ganados estantes y otros que practican
trasterminancia o trashumancia (no estantes)» según terminología
del conquense Miguel Caxa de Leruela (Nápoles, 1631). Los ganados
estantes cuadruplicaban a los del Concejo de la Mesta y conforma-
ban el grueso de la Cabaña Real, siendo los que «conllevan la labran-
za, mantienen la población de los lugares, abastecen en el Reino y lo
aseguran» (Melón, 2004, 731). No obstante, la mayoría de los gran-
des rebaños de la meseta meridional comprendida entre La Man-
cha y las sierras-valles de Segura eran trashumantes. La producción
principal era la lanera que, si bien nutría parcialmente la demanda
de la industria textil local manchega de Albacete, Cuenca o Ciudad
Real, su orientación mayoritaria era el extranjero47. Dependía de la
demanda externa, en particular de la procedente de la pañería de
lujo y no tanto de una demanda genérica e indeterminada, lo que ex-
plicaría en parte los fuertes vaivenes de los precios a los que estaba
sometida (Pardo, 2000, pp. 30-35 y 52-62).
Los mayores problemas de Dª. Catalina como ganadera deri-
van del arrendamiento de pastos y convivencia con los labradores
vecinos. El 14 de junio de 1704 otorgó un poder a D. Manuel Ponce
de León, residente en Madrid, para que la representara ante los se-
ñores del Real y Supremo Consejo de Castilla y ante otros tribunales
del rey por los agravios a sus pastores y los arrejados (roturaciones)
en las dehesas, lo que no debería consentirse:
47   
puerto de Valencia -en dirección exclusiva a Italia- y los de Andalucía con destino Flandes,
fundamentalmente (Bilbao, 1983, p. 233-235)
Carmen Hernández López
PRÁCTICAS Y ESTRATEGIAS DE REPRODUCCIÓN SOCIAL. CICLO FAMILIAR DE DOÑA CATALINA ANTONIA DE CANTOS BARRIONUEVO (ALBACETE, 1669-1720)
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… tengo por vía de arrendamiento las dehesas de la villa de Mula
por un tiempo de seis años, que comenzaron en 1703, en precio
de 9.200 reales cada año, como consta en la escritura de arrenda-
miento. Y respecto de que los vecinos labradores de dicha villa de
Mula impiden a mis pastores el pastar en dichas dehesas con mis
ganados por los muchos arrejados que en ella hacen para pasto de
sus ganados de labor, con el motivo de tener sus tierras en lo que
comprenden dichas dehesas sin permitir que pasten mis ganados.
Ultrajando de obra y de palabra a mis pastores y precisándoles a
que guarden dichos arrejados, lo que no se debe dar lugar por ser
en contradicción del arrendamiento…. Y es conveniente pida dicho
señor Manuel Ponce de Léon se libre Real Provisión y que la justi-
cia de la villa de Mula no consienta que sus vecinos labradores ni
otras personas hagan semejantes arrejadas48.
Desde el siglo XIII el Concejo de la Mesta otorgaba privile-
gios a los ganaderos. De entre los muchos que gozaron sus ganados
asociados durante la Edad Moderna destacamos el derecho de tasa

todo, el derecho de posesión, claves ambos para la supervivencia
de las cabañas trashumantes y los particulares ritmos estacionales

con los labradores se iniciaron antes del siglo XVII. Sobre los refe-
rentes a dicha centuria señalaba Antonio Miguel Bernal:
…que el paradigma de la decadencia española, plasmada en el si-
glo XVII, pero larvada en los dos siglos anteriores, tuvo entre otras
muchas explicaciones, un sentir antiganadero, al achacar a los
privilegios de la Mesta, frente a las necesidades de los agriculto-
res, como causas inmediatas y directas de tal decadencia (Bernal,
1994, pp. 461-462).
Dicha teoría, mantenida desde el siglo XVIII hasta fechas re-
cientes, alude a una rivalidad que hunde sus raíces en el inicio de
los tiempos históricos, siendo las servidumbres de paso y prácticas
-
48 Poder de doña Catalina de Cantos, AHPA, caj. 1011, expd. 2, fol. 150r-150v
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manencia. Un planteamiento maniqueísta, entiende Bernal, hoy su-
perado desde supuestos ecológicos y del necesario equilibrio agro-
ganadero-forestal, con nuevas reinterpretaciones del campesinado
y de la historia económica (Bernal, 1994, p. 464).
-
tares del comercio de la lana castellana y de las prácticas mesteñas.
Como administradora de su hacienda se implicó activamente, con-
   
hizo tratos y granjerías. Su viudedad le facilitó su autonomía eco-
nómica e independencia jurídica. Mariló Vigil considera como pun-
to de unión e intersección de las mujeres en la Edad Moderna su
condición de ser prisioneras de lo doméstico. Y, precisamente por
-
dos propios: doncella, casada, viuda y monja (Birriel, 1987, p. 272).
No pensamos que Dª. Catalina fuera mujer prisionera de su casa. En
un mundo ganadero masculinizado fue respetada y valorada como
la señora Dª. Catalina de Cantos, viuda de D. Francisco Galiano. Aho-
ra bien, escribanos, corregidores, tratantes, mercaderes y miembros
de las élites la escucharon, simplemente, como mujer, como Dª Ca-
talina de Cantos.
3.2. Protectora y continuadora de la cultura familiar
En 1716, Dª. Catalina tenía 46 años y María, su hija mayor,
-
lizaba la curaduría (Febrero, 1769, p. 163). Ángela, la hija mediana,
contrajo matrimonio en 1707 con D. Manuel Andrés de Pando de los
Cobos, Sabiote y Domínguez de Zanoguera, natural de Madrid, ca-
ballero de la Orden de Calatrava y alguacil mayor del santo Tribunal
por Cuenca y, por tanto, quedaba supeditada a la licencia marital. La
pequeña, Dª. Úrsula tenía 21 años y, como su hermana mayor, había
tomado estado de religiosa quedando su tutela a cargo del convento
de Agustinas. De sus tres hijas, dos recibieron los hábitos y renun-
ciaron a sus legítimas: sor María de la Madre de Dios y sor Úrsula de
san Agustín, ambas religiosas descalzas profesas en el convento de
Agustinas Recoletas de la ciudad de Murcia.
Carmen Hernández López
PRÁCTICAS Y ESTRATEGIAS DE REPRODUCCIÓN SOCIAL. CICLO FAMILIAR DE DOÑA CATALINA ANTONIA DE CANTOS BARRIONUEVO (ALBACETE, 1669-1720)
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Dª. Catalina de Cantos ejerció como cabeza de familia y ma-
trona. A lo largo de la historia, las mujeres han sido medidas y eva-
luadas sobremanera por su papel como madres (Nausia, 2013, p.
31). Sin embargo, no solo su función biológica y reproductiva les
otorgaba tal papel. Las mujeres fueron, y son, fuente esencial de
valores y canal de transmisión de identidades y comportamientos,
llegándose a hablar, como hace Calvi, de feminización de la cultura
familiar y de ser las depositarias del ethos familiar. Ellas se encar-
garían de la integración social del grupo familiar organizando redes
de relaciones que garantizaban ayuda, asistencia y, en particular,
transmisión de comportamientos y valores (Nausia, 2013, pp. 31-
32). Esta idea resulta importante en la familia Cantos Barrionuevo
porque Dª. Úrsula Ochoa, desde el fallecimiento de su marido D. An-
drés de Cantos, asume sus funciones sociales y maternales, sobre
todo para el casamiento de su hija Dª. Catalina. En las capitulaciones
matrimoniales se insistía en la permanencia de su hija en la villa de
Albacete o en la entrega de las legítimas, meses antes del falleci-
miento de su yerno D. Francisco Galiano Espuche, previniendo así
una situación que podría tornarse problemática con la viudedad de
la hija. Su conducta, igualmente regulada desde una estricta y ri-
gurosa devoción religiosa, la llevaría a ingresar en el convento de
49.
La educación impartida por Dª. Catalina a sus hijas determi-
nó su futuro. El ambiente devocional y religioso vivido en casa mar-
có el camino conventual a Dª. Úrsula y a Dª. María Galiano, mien-
tras que Dª. Ángela fue dirigida convenientemente hacia un matri-
monio ventajoso para los intereses familiares. Tales orientaciones
van gestándose en la trayectoria de Dª. Catalina desde una doble
perspectiva: sus estrechas relaciones con miembros del clero local,
bien por parentesco o por intereses sociofamiliares, y su educación
-
49 Esta decisión de ingresar en el convento o en el sacerdocio, en el caso de D. Nicolás de
Ochoa (su padre y abuelo de Dª. Catalina), la vemos como una estrategia de reproducción
social (Molina, 2005, p.341). Primero, porque no pagarían impuestos directos. Y segundo,
porque D. Nicolás puede, además, obtener otros ingresos añadidos por su nueva labor y
que pasarían a sus descendientes legítimos.
AL-BASIT 68 • PÁGS. 245-288INSTITUTO DE ESTUDIOS ALBACETENSES «DON JUAN MANUEL»ALBACETEISSN 0212-8632
gina 272
nio Cerrillo, casado con Dª. Catalina Cañavate y Santa Cruz, que, tras
enviudar, será presbítero y vicario de la villa de Albacete. En su tes-
tamento50 declaraba que todos sus hijos eran miembros de la igle-
sia: tres pertenecían a la compañía de Jesús y las dos hijas -la madre
María Rosa de los Reyes y sor Catalina de san Ignacio- estaban en el
convento de Agustinas de la ciudad de Murcia, junto a dos hijas de
Dª. Catalina de Cantos. Su grado de negociada amistad le impulsó a
nombrar albacea testamentaria a Dª. Angela Galiano su albacea tes-
tamentaria, junto a su marido y al presbítero D. Juan Tafalla, además
de su heredera universal. Tal proceder revela una estrategia de re-
ciprocidad mutua entre ambas familias por la reproducción social.
Los bienes de Cerrillo pasarían a Dª. Ángela y de ella a sus descen-
dientes, sin olvidar a las monjas agustinas: sus dos hermanas y las
dos hijas del presbítero.
En cuanto al mundo devocional de Dª. Catalina lo valoramos
a través de los distintos objetos de culto de su oratorio doméstico:
tallas de un Cristo51 -con dosel y dos láminas a los lados de Nuestra
Señora y del Señor- y de un san Jorge52, cruz de plata con peana más
cáliz y patena también de plata (todo pesaba 68 onzas), y ropas sa-
cerdotales (frontal, casulla y un alba nueva) y demás ornamentos
-
sos privados, convirtiendo su vivienda en un centro sagrado. Algo
infrecuente si no se formaba parte de la élite local. Su devoción a

variada advocación mariana manchega (Birriel y Hernández, 2018,
p. 318). Su hija, Dª. Angela Galiano, continuó con las mismas devo-
ciones53-
tarias de su madre y el presbítero Cerrillo. La educación femenina
50 Testamento de D. Francisco Antonio Cerrillo, Presbítero, AHPA, caj. 1021, expd. 3, fols.
43r- 47r (1/01/1721)
51 La imagen de Cristo en la cruz era la más común en La Mancha. Las imágenes vinculadas
a la pasión debían su profusión a su capacidad para conmover, proteger y señalar el camino
de la salvación (Birriel y Hernández, 2018, p. 315-316).
52 Simboliza la lucha del bien venciendo al mal y fue legada al vicario Cerrillo.
53
cristal de más de media vara de alto. Vid. Testamento de doña Angela Galiano, AHPA, caj.
1021, expd. 5, fols. 32r-41v
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comenzaba en la niñez observando e imitando las acciones y acti-
tudes de los mayores -madre, tía, hermanas, abuela…- (Malo, 2015
-
vocional y educativo que, a la postre, favorecieron la entrada de sus
dos hermanas al convento.
La cuestión por dirimir es si fueron doncellas compelidas
por su madre o educadas desde su infancia para ser monjas. El po-
der para testar dado a D. Francisco A. Cerrillo y el testamento de
Dª. Catalina de Cantos54 son excelentes documentos para averiguar
conductas y comportamientos, aunque probablemente las respues-
tas obtenidas sean múltiples en vez de únicas. El 23 de septiembre
        
«pero en mi libre juicio, memoria y entendimiento», otorgando un po-
der para testar a D. Francisco A. Cerrillo y siendo su voluntad ser
enterrada en la capilla de la Purísima Concepción de la virgen Ma-
ría, donde reposaban los restos de su marido desde hacía 25 años.
Tales decisiones formaban parte de las conductas mantenidas por
nuestros antepasados ante la muerte, entre otras considerar estas
capillas para enterramientos comunitarios (la cercanía parenteral
-
ligiosos como el mayor homenaje que podía hacerse a la familia. De
ahí que se ornamentaran dichas capillas con sus escudos, pinturas,
santos y santas de su devoción... (García, 2004, p. 43).
54 Poder para testar de doña Catalina de Cantos Barrionuevo para don Francisco Antonio Ce-
rrillo, presbítero, AHPA, caj. 1020, expd. 7, fols. 134r- 134v; y Testamento de doña Catalina
de Cantos Barrionuevo, AHPA, caj. 1020, expd. 7, fols. 136r-139v
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Figura 3. Poder para testar otorgado por
doña Catalina A. de Cantos a F. A. Cerrillo
Fuente: AHPA, caj. 1020, expd.7 (difusión autorizada por JCCM/AHPA)
eternidad ultratumba) y celebración de oficios religiosos como el mayor homenaje que
podía hacerse a la familia. De ahí que se ornamentaran dichas capillas con sus escudos,
pinturas, santos y santas de su devoción... (García, 2004, p. 43).
Figura 3. Poder para testar otorgado por Dª. Catalina A. de Cantos a F. A. Cerrillo
Fuente: AHPA, caj. 1020, expd.7 (difusn autorizada por JCCM/AHPA)
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El 26 de septiembre de 1720 fallecía Dª. Catalina en Albacete.
Su entierro, al día siguiente, fue «resolemnísimo»55. Le acompañaron
el clero parroquial, las comunidades de religiosos de san Francis-
co, Observantes de Nuestra Señora de los Llanos, de descalzos, de
la misma orden y del Señor san Agustín, así como las cofradías de
esta villa. «Su cuerpo amortajado con el hábito de nuestro Padre san
Francisco y depositado en un ataúd de madera, que para este efecto
se hizo, forrado en bayeta negra». Desde época paleocristiana, el en-
tierro siempre ha sido una necesidad cultural y de salvación que, al
no estar garantizada, impulsa a las parroquias a encargarse de decir

p. 45). En este sentido, el testamento constituye una seguridad para
el más allá (Egido, 2012, p. 138; Ariès, 1983, pp. 13 y 134). Dª. Cata-
lina dejó encargadas mil misas rezadas por su alma, doscientas por
D. Francisco Galiano, otras doscientas por su padre y abuelos, y dos-
cientas más por las almas del purgatorio. En total sumaban 2.600
misas. Fue su voluntad «que en el momento que se tenga noticia de
haber fallecido mi madre, doña Úrsula de Ochoa y Montañés, que se
halla de religiosa profesa en el convento de Agustinas Recoletas, de la
villa de Almansa, con el nombre de la madre Úrsula de san José, se le
hagan las exequias y honras y se le digan por su alma un treintanario
de misas más otras cuatrocientas misas rezadas por su alma». Por su
posición social era preceptivo ser caritativa y envía bienes y dinero
a los conventos de religiosos, en pro de su salvación. Las mandas al
hospital de san Julián, al convento de san Francisco o al convento de
franciscanos descalzos de los Llanos contenidas en su testamento
son ejemplos que evidencian su educación y creencias. Deja a su hija
Dª. Ángela como heredera universal y encargada de cumplir, o hacer
cumplir, sus mandas testamentarias, particularmente en lo relativo
a los criados y esclavos. Para su doncella Polonia Martínez, además
de un legado de bienes y ropas, ordena darle «200 ducados de vellón
y que se le pague diez ducados cada un año de los de su vida» y para
asegurar el pago de los 200 ducados dejaba hipotecada una heredad
de tierras llamada Casanueva. A Pedro Madrona, su criado casero,
quiso que, con el beneplácito de Dª. Ángela «se le dé una casa que
55 AHDA, libro de defunciones de la parroquia de san Juan Bautista de Albacete, lib. 76.
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ha dejado en la calle de san Agustín para que viva durante los días
de su vida o para siempre como más bien parezca y tenga por conve-
niente su hija». Como matrona y señora de criados tampoco olvida
sus funciones, incluso fuera de su casa. Así, manda que si José Sán-
chez, actualmente al servicio de su hija, cumple con su cometido sea
ayudado para entrar en religión; que su esclava Teresa sea donada
a su apoderado y albacea, D. José Antonio Cerrillo; y pide a su hija
que tome a su servicio a su esclavo Luis, de más de sesenta años, le
atienda bien, paguen su entierro y digan cien misas por su alma56.
No actúa igual en el caso de Dª. Isabel Flores, la niña encomendada
por su marido. Fue voluntad «que en ningún tiempo se le pida a sus
herederos y nietos que tengan derecho alguno a pedirles ningún tipo
de legado». Un asunto que ya su abuelo, D. Nicolás, pedía en su testa-
mento de 169657 entregar 200 ducados a Dª. Isabel Flores al tiempo
que tome estado, siempre que lo hiciera a gusto de Dª. Catalina, su
nieta58.
4. PROMOCIÓN SOCIAL PARA SUS DESCENDIENTES
La reproducción biológica en la familia de Dª. Catalina venía
por parte de la única hija casada, Dª. Ángela. De ahí que mirase muy
bien por estos descendientes al ser el futuro de la familia y debía
fortalecerla mediante alianzas matrimoniales. Con dicha estrategia
la promoción social funcionó perfectamente. El matrimonio de Dª.
Ángela Galiano con D. Manuel de Pando en 1707 también pasaría
por un expediente de limpieza de sangre, al ser caballero de la Or-
den de Calatrava59.
Dª. Ángela fallece en 1728, pero diez años atrás dio poderes a
su madre, marido y al presbítero Cerrillo para otorgar su testamen-
to si fallecía de manera prematura o repentina como debió ocurrir
cuando tenía 35 años. Llevaba casada 21 años y, al presente, tenía
56 Testamento de doña Catalina Antonia de Cantos Barrionuevo, AHPA, caj. 1020, expd. 7,
fols. 136r-139v
57 Testamento de D. Nicolás Ochoa, AHPA, caj. 1009, expd.3, fols. 73r-75v.
58 Dª. Isabel Flores, natural de Chinchilla e hija de D. Fernando Flores y Antonia Vitoria,
contrajo matrimonio con Francisco Tobarra el 4/03/1708 (AHDA, lib. 57). Falleció el
14/04/1717 (AHDA, lib. 75)
59 AHN, OM, expd. 287.
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por hijos legítimos a D. Fernando José, D. Francisco Javier, D. José,
Dª. Úrsula, Dª. María Josefa, Dª. Josefa y Dª. Teresa Pando Galiano.
En esta generación la promoción, perpetuación y reproducción so-
cial que preparó Dª. Catalina resultó muy provechosa, dándose un
importante salto cualitativo y cuantitativo. Al primogénito, D. Fer-
nando José, lo orientaron al sacerdocio, quedando la descendencia
familiar a cargo de los seis hijos restantes. No obstante, Dª. Cata-
lina prestó mucho interés al destino de este nieto ya que tener un
miembro varón de la familia en la iglesia otorgaba prestigio y poder.
En su testamento declara que está asistiendo actualmente, y lo ha
estado de algún tiempo a esta parte, en su educación y enseñanza;
y, cuando llegue el caso de ordenarse y estar en vía, pedía que se le
suministren los gastos necesarios para conseguirlo con las informa-

Manda que dichos gastos sean pagados de su hacienda.
D. Francisco Javier de Pando, segundo hijo varón, fue pro-
curador general de la villa de Albacete, regidor y alguacil mayor
perpetuo en Chinchilla. Su primer matrimonio con Dª. Ana María
Barnuevo y Robles conformó uno de los linajes con mayor solera y
antigüedad de Albacete: los Cantos-Barnuevo (Valero, 2020, p. 12).
Tuvieron dos hijos, Manuel y Ángela. Las segundas nupcias de D.
Francisco Javier de Pando con Dª Isabel de la Ossa, vecina de Al-
mansa y pariente en segundo grado, consolidarán la continuidad del
linaje del bisabuelo D. Francisco Galiano Espuche.
El proyecto de perpetuación familiar debía quedar bien pla-

las orientaron hacia matrimonios ascendentes como se aprecia se-
guidamente. El 3 de marzo de 1734 contrajo matrimonio Dª. Úrsula
Pando con D. Joaquín de Mergelina, natural de Villena e hijo de D.
Cristóbal de Mergelina -caballero de Santiago- y de Dª. María Soria-
no60. Dos días antes, su hermana Dª. María Josefa Pando se casaba
con D. Andrés Fernando de Alarcón, natural de Villanueva de la Jara.
En 1738 y 1743 contraerían matrimonio las dos hijas menores. Dª.
Josefa Pando con D. Felipe Arce Valero y Dª. Teresa Pando con D.
Francisco Quesada (Anexo. Esquemas 3.1 y 3.2).
60 Sobre la genealogía de la familia Mergelína (nobleza de D. Luis), vid. (Molina, 2005, pp.
570-574)
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También fue voluntad de Dª. Ángela entregar a sus cuatro hi-
jas, por vía de mejora y legado y por igual, el tercio y remanente del
quinto de todos sus bienes, agregando a ellos lo heredado del pres-
bítero Cerrillo. Esta estrecha relación con la iglesia sería otro ele-
mento utilizado para reforzar la posición familiar en el concierto de
los poderes locales. En 1734 se reúnen las cuatro hijas, dos menores
de edad, con su padre61 para repartir por igual los bienes heredados
de Dª. Catalina (el tercio y remanente del quinto) y los agregados del
presbítero Cerrillo62, previamente valorados por expertos y agrupa-
dos en cuatro partes. Entre los bienes repartidos destacamos los
que, en cierto modo, constituyen las señas de identidad de la vida la-
boral y familiar de Dª. Catalina: heredamiento de la Torre, hacienda
ganadera (describen los espacios destinados al comercio, cuidado

y establos para crianza del ganado, dependencias anejas y ermita.
El primogénito D. Fernando José de Pando hacia testamen-
to el 9 de abril de 1761 como presbítero de la iglesia de San Juan
de Albacete, dejando a D. Francisco Javier de Pando como herede-
ro de varios vínculos y mayorazgos en Murcia y Orihuela, huertas y
campos. De esta forma se sumaba a su fortuna un nuevo mayorazgo
(el fundado en Orihuela por Andrés Soler Rocaful) que resultaba in-
compatible con otro que poseía en Valencia -creado por D. Manuel
Zanoguera- y que traspasará a su hijo D. Manuel que por entonces
tenía diez años. Y todos estos bienes, vínculos y mayorazgos pasa-
rían más tarde a su sobrino, D. Ramón Barnuevo y Pando (1787-
1855) (Valero, 2020, p. 12 y 15). (Anexo. Esquemas 3.1 y 3.2). En

se corresponden con un proceso de promoción social en las siguien-
tes generaciones. A mediados del siglo XIX, entre los títulos y cargos

de la Real de Valencia e hidalgo y regidor perpetuo de Chinchilla.
61 En 1731 D. Manuel Pando contrajo segundas nupcias con Antonia Juana Sedeño de Sa-
lazar de la Torre y Olarte, natural de Toledo. Al ser el contrayente caballero de la Orden de
Calatrava se abre expediente de limpieza de sangre a su esposa: Expediente de limpieza de
Antonia Sedeño, AHN//OM-Casamiento-Calatrava, expd. 660
62 Escritura de partición y convenio de la casa y heredamiento de la Torre, AHPA, caj. 1021,
expd. 11, fols. 45r- 47v
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gina 279
Además, era propietario de las heredades de Acequión, Casa Gran-

de la Dehesa, la Culebrina, hazas de Cebadal y Las Paletas, suerte
llamada del Rosario… (Valero, 2020, p. 12). Al igual que en otros
grupos acomodados, caso de la familia Enríquez en Cuenca, sus
comportamientos no respondían a una estructura estática ni pasi-
va sino a manifestaciones estratégicas que retaban habitualmente a
unos contextos complejos repletos de ortodoxia (Fernández, 2021,
p. 278).
CONCLUSIONES
Hemos analizado minuciosamente la documentación de los
archivos relacionada con la familia Cantos, especialmente la centra-
da en Dª. Catalina. La abundante información nos ha permitido abrir
varias líneas de trabajo: estudio de trayectorias, genealogía, redes
relacionales y movilidad social según formas de relación, duración
y procesos de transición para poder detectar cambios y continui-
dades (García, 2021, p. 41). Nos preguntamos si las prácticas de Dª.
Catalina de Cantos durante su vida provienen de estructuras menta-
les surgidas y asentadas desde siglos atrás y que ella perpetua para
consolidar el poder de su familia. Todas sus acciones parecen tener
explicación, nada es ocasional ni fortuito, si bien es cierto que des-
conocemos los motivos que impulsaron su voluntad al igual que si
sus comportamientos y conductas derivan de estrategias calculadas.
La fuerza de la costumbre convirtió, quizás, lo que hoy llamamos
estrategias en enseñanzas calculadas y medidas trasmitidas de ge-
neración en generación, porque, como recoge el Diccionario de Auto-
ridades: «a vivir os enseñen si quisièreis vivir largo»63. Lo que parece
claro es que sus actuaciones motivaron la promoción social de sus

cuestión sin respuesta nítida es el por qué decidió Dª Catalina que
la continuidad familiar viniese solo por la línea de Dª. Ángela pues,
actuando así, limitaba su descendencia al ser por entonces el matri-
monio, medio esencial y preferente para determinar el futuro de los
63 Diccionario de Autoridades, Tomo IV, 1739, en línea https://apps2.rae.es/DA.html
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hijos y de la familia. Si se descarta la soltería de las jóvenes por no
estimarse conveniente para la familia en esta época, cabe plantear si
la estrategia de Dª Catalina se basó en motivos religiosos buscando
el honor y el prestigio de tener dos hijas monjas o si pesó más en
su decisión la abultada dote requerida para realizar matrimonios
ascendentes no solo a título individual de cada hijo sino, también,
familiar. Además, habría que contemplar otros motivos inmateriales
añadidos como pudo ser la libertad. Dª. Catalina gozó de plena auto-
nomía y libertad jurídica tras su viudedad y, tal vez por ello, deseara
procurar a sus dos hijas un espacio mayor de libertad. Se trata de
una estrategia que, desde una perspectiva de género, no cabe des-
cartar. Como tampoco debe descartarse esa nueva espiritualidad de
una relación más íntima y personal. En cualquier caso, es interesan-
te resaltar que las dos hijas monjas, junto con las dos hijas de Cerri-
llo y la abuela Dª. Úrsula decidieran incorporarse a la vida religiosa
en la Orden de las Agustinas, descartando los conventos femeninos
de Albacete. Está claro que los individuos no se desplazan al azar
por el espacio social (Hernández y Rodríguez, 2021, p. 76) y la fami-
lia Galiano Espuche fue benefactora de dicha orden religiosa (D. Luis
Galiano fue patrón del convento de Almansa), lo que les concedía
relevancia social en el convento. Las jóvenes monjas fueron prote-
gidas por su madre durante toda su vida, por el presbítero Cerrillo

esa negociada amistad y compensada reciprocidad de la familia con
el presbítero64.
En suma, son muchos los interrogantes planteados sin que
haya respuesta única para la gran mayoría. Con todo, lo cierto es
que nada hubiera sido igual en la vida de Dª. Catalina de no haber
gozado del privilegio que le supuso la viudedad. Lejos de repetirse
el estereotipo de mujer, sola, pobre y viuda, ella disponía de talento
y un vasto patrimonio. Hoy diríamos que tierras y ganados hicieron
de Dª Catalina una mujer empoderada. Y ahí la vemos disponiendo
en los arrendamientos de pastos para sus ganados trashumantes,
afrontando los pleitos con los labradores de la jurisdicción de Mula
64 Una prueba de ello, anecdótica si se quiere, fue la voluntad de Dª Catalina de enviar cada
año al convento de Agustinas recoletas de Murcia una arroba de chocolate para sus hijas y
otro tanto para las de Cerrillo.
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o vendiendo su lana a los compradores locales. No obstante, sus
prácticas y conductas no diferían de las que, potentes y duraderas,
protegían como coraza a una sociedad estamental aferrada a un pa-
trón continuista basado en la costumbre y tradición: vinculaciones
de tierras, matrimonios pactados, endogamia entre los descendien-
tes de una familia, regidurías, limpieza de sangre… Sin embargo, du-
rante la vida de Dª Catalina se otea cierta movilidad social si dirigi-
mos la mirada hacia su actividad comercial, el interés por el acceso
a la universidad de los descendientes o incluso de algún criado y el
capital relacional (social) generado y acumulado.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
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ANEXO. GENEALOGÍAS
Esquema 2. FAMILIA CANTOS GALIANO, SIGLOS XVII-XVIII
Fuente: Ibidem

Fuente: AHDAB, libros parroquiales, siglos XVII-XVIII
Nota: Genealogía de Nicolás de Ochoa seguimos a Sebastián Molina, Tesis doctoral, 2005, pp.335-343
ANEXO. GENEALOGÍAS
Esquema 1. FAMILIA CANTOS Y GALIANO ESPUCHE (SS. XVI- XVII)
Fuente: AHDAB, libros parroquiales, siglos XVII-XVIII
Nota: Genealogía de Nicos de Ochoa seguimos a Sebastián Molina, Tesis doctoral, 2005, pp.335-343
Esquema 2. FAMILIA CANTOS GALIANO, SIGLOS XVII-XVIII
Fuente: Ibidem
1669 - 1720
Catalina Antonia de
Cantos Barrionuevo
(Ochoa)
50
1661 - 1695
Francisco Galiano
Espuche (Caballero
de Montesa)
34
1623
Luis Galiano
Espuche
(Regidor)
1619
Ángela de la
Ossa (Galiano
Espuche)
404
1658
Luis Ignacio
Galiano
Espuche
365
1663
Isabel
Galiano
Espuche
360
Francisco
Galiano
Espuche
1647
Ángela
Galiano
Espuche
376
Luis Mergelina
(Regidor de
Villena)
1647
Ángela Mónica
Galiano
Espuche
376
1585 - 1627
Miguel
Galiano
Pardinas
42
1579
Ángela
Galiano
de la Ossa
444
1625
Andrés de Cantos
Barrionuevo (Familair
del Sto Oficio de la Inq.)
398
Úrsula
Ochoa (Y
Montañés)
1586
Andrés de
Cantos
(Barrionuevo)
437
Ana
Gascón
(Soriano)
Nicolás de Ochoa
(Regidor.Familaardel Sto
Oficio de la Inq.y Presbítero)
Catalina
Montañés (y
Carrasco)
Diego de
Cantos
(Bachiller)
María
del
Cañavate
Pedro
del
Cañavate
Juana
de
Munera
Martin
de
Cantos
Francisca
Ximénez
Gabriel
Ochoa
Catalina
Herrera
Juana
Ochoa
(Monja)
María
Ochoa
(Monja)
Catalina
Ochoa
Agustin
Sánchez
Ruano
Andrés
Cantos
Barrionuevo
Antonia
Cantos
Barnuevo
Miguel
Galiano
Espuche
Isabel
Galiano
Ossa
1656
Luisa Galiano Espuche
(Monja en el S.
Sacramento de Almansa)
367
M. 1690
M. 1683
M. 1668
M. 1642
M. 1655
M. 1579
1669 - 1720
Catalina Antonia de
Cantos Barrionuevo
(Ochoa)
50
1661 - 1695
Francisco Galiano
Espuche (Caballero
de Montesa )
34
1693 - 1728
Ángela
Gertrudis
Josefa
34
1691
Maria Angela
Josefa (Religiosa
Agustina)
331
1695
Úrsula Josefa
Gertrudis Ignacia
(Religiosa Agustina)
328
D. 1744
Manuel Andrés de Pando de los Cobos
(Caballero de la Orden de Calatrava y alguacil
mayor del Santo Tribunal por Cuenca)
1716
Josefa
Ignacia
de Pando
307
1720 - 1776
Francisco Javier
Pando de los
Cobos Galiano
56
Teresa
de Pando
Galiano
1710
Maríana Josefa Ignacia
Javiera de san Nicolás
Pando de los Caballeros
312
1712 - 1761
Fernando
Jo Pando
de los Cobos
48
1725
Jose Mateo
Antonio Pando
de los Cobos
297
1719
María
Josefa
Pando
304
Úrsula
de
Pando
M. 1707
ANEXO. GENEALOGÍAS
Esquema 1. FAMILIA CANTOS Y GALIANO ESPUCHE (SS. XVI- XVII)
Fuente: AHDAB, libros parroquiales, siglos XVII-XVIII
Nota: Genealogía de Nicos de Ochoa seguimos a Sebastián Molina, Tesis doctoral, 2005, pp.335-343
Esquema 2. FAMILIA CANTOS GALIANO, SIGLOS XVII-XVIII
Fuente: Ibidem
1669 - 1720
Catalina Antonia de
Cantos Barrionuevo
(Ochoa)
50
1661 - 1695
Francisco Galiano
Espuche (Caballero
de Montesa)
34
1623
Luis Galiano
Espuche
(Regidor)
1619
Ángela de la
Ossa (Galiano
Espuche)
404
1658
Luis Ignacio
Galiano
Espuche
365
1663
Isabel
Galiano
Espuche
360
Francisco
Galiano
Espuche
1647
Ángela
Galiano
Espuche
376
Luis Mergelina
(Regidor de
Villena)
1647
Ángela Mónica
Galiano
Espuche
376
1585 - 1627
Miguel
Galiano
Pardinas
42
1579
Ángela
Galiano
de la Ossa
444
1625
Andrés de Cantos
Barrionuevo (Familair
del Sto Oficio de la Inq.)
398
Úrsula
Ochoa (Y
Montés)
1586
Andrés de
Cantos
(Barrionuevo)
437
Ana
Gascón
(Soriano)
Nicolás de Ochoa
(Regidor.Familaardel Sto
Oficio de la Inq.y Presbítero)
Catalina
Montés (y
Carrasco)
Diego de
Cantos
(Bachiller)
María
del
Cavate
Pedro
del
Cavate
Juana
de
Munera
Martin
de
Cantos
Francisca
Ximénez
Gabriel
Ochoa
Catalina
Herrera
Juana
Ochoa
(Monja)
María
Ochoa
(Monja)
Catalina
Ochoa
Agustin
Sánchez
Ruano
Andrés
Cantos
Barrionuevo
Antonia
Cantos
Barnuevo
Miguel
Galiano
Espuche
Isabel
Galiano
Ossa
1656
Luisa Galiano Espuche
(Monja en el S.
Sacramento de Almansa)
367
M. 1690
M. 1683
M. 1668
M. 1642
M. 1655
M. 1579
1669 - 1720
Catalina Antonia de
Cantos Barrionuevo
(Ochoa)
50
1661 - 1695
Francisco Galiano
Espuche (Caballero
de Montesa )
34
1693 - 1728
Ángela
Gertrudis
Josefa
34
1691
Maria Angela
Josefa (Religiosa
Agustina)
331
1695
Úrsula Josefa
Gertrudis Ignacia
(Religiosa Agustina)
328
D. 1744
Manuel Andrés de Pando de los Cobos
(Caballero de la Orden de Calatrava y alguacil
mayor del Santo Tribunal por Cuenca)
1716
Josefa
Ignacia
de Pando
307
1720 - 1776
Francisco Javier
Pando de los
Cobos Galiano
56
Teresa
de Pando
Galiano
1710
Maríana Josefa Ignacia
Javiera de san Nicolás
Pando de los Caballeros
312
1712 - 1761
Fernando
José Pando
de los Cobos
48
1725
Jose Mateo
Antonio Pando
de los Cobos
297
1719
María
Josefa
Pando
304
Úrsula
de
Pando
M. 1690
M. 1707
AL-BASIT 68 • PÁGS. 245-288INSTITUTO DE ESTUDIOS ALBACETENSES «DON JUAN MANUEL»ALBACETEISSN 0212-8632
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Esquema 3.1. FAMILIA PANDO GALIANO (SIGLO XVIII)
Fuente: Ibidem
Esquema 3.2. FAMILIA DE PANDO GALIANO (SIGLO XVIII)
Nota: La cifra de dentro de cuadros/rculos corresponde a la edad actual (si solo hay una fecha) o a los años vividos (si aparecen
fechas de nacimiento y defunción).
Fuente: Ibidem
1693 - 1728
Ángela Gertrudis
Josefa Galiano
(de Cantos)
34
D. 1744
Manuel Andrés de Pando de los Cobos
(Caballero de la Orden de Calatrava y alguacil
mayor del Santo Tribunal por Cuenca)
1716
Josefa
Ignacia
de Pando
307
1720 - 1776
Francisco Javier
Pando de los
Cobos Galiano
56
Felipe
de Arce
Valero
Isabel
María Ossa
Soriano Teresa
Micaela de
Pando Galiano
Francisco
Quesada
Treviño
D. 1761
Ana Maria
Barnuevo
y Robles
1751
Manuel Vicente
de Pando Galiano
(Presbitero)
272
Angela
Pando
Galiano
Sancho
Barrionuevo
(Sandoval)
1764
Miguel Pascual
de Pando
Galiano (Ossa)
258
1767
Francisco
Javier Pando
Galiano
256
1766
Fernando
Jo Pascual
Pando Galiano
257
1787 - 1855
Ramón
Barnuevo
y Pando
68
María
Josefa
Quesada
Leonardo
José de
Arce Pando
1782
Felipe Antonio
José Pascual de
Arce Quesada
241
1784
Ana
Maria
Barnuevo
238
1781
Baldomera
Antonia Fabiana
Barnuevo
242
M. 1707
M. 1743
M. 1764
M. 1738
M. 1749
M. 6/11/1776
1693 - 1728
Ángela Gertrudis
Josefa Galiano
(de Cantos)
34
D. 1744
Manuel Andrés de Pando de los Cobos
(Caballero de la Orden de Calatrava y alguacil
mayor del Santo Tribunal por Cuenca)
1710
Maríana Josefa Ignacia
Javiera de san Nicolás
Pando de los Caballeros
312
Andrés Fernández
de Alarcón y
Ballesteros
1712 - 1761
Fernando José
Pando de los
Cobos (Presbítero)
48
1725
Jose Mateo
Antonio Pando
de los Cobos
297
1719
María
Josefa
Pando
304
Úrsula
de
Pando
Joaquín
de
Mergelina
Joaquin
Mergelina
y Pando
M. 1707
M. 1734
M. 1734
Esquema 3.1. FAMILIA PANDO GALIANO (SIGLO XVIII)
Fuente: Ibidem
Esquema 3.2. FAMILIA DE PANDO GALIANO (SIGLO XVIII)
Nota: La cifra de dentro de cuadros/rculos corresponde a la edad actual (si solo hay una fecha) o a los años vividos (si aparecen
fechas de nacimiento y defunción).
Fuente: Ibidem
1693 - 1728
Ángela Gertrudis
Josefa Galiano
(de Cantos)
34
D. 1744
Manuel Andrés de Pando de los Cobos
(Caballero de la Orden de Calatrava y alguacil
mayor del Santo Tribunal por Cuenca)
1716
Josefa
Ignacia
de Pando
307
1720 - 1776
Francisco Javier
Pando de los
Cobos Galiano
56
Felipe
de Arce
Valero
Isabel
María Ossa
Soriano Teresa
Micaela de
Pando Galiano
Francisco
Quesada
Treviño
D. 1761
Ana Maria
Barnuevo
y Robles
1751
Manuel Vicente
de Pando Galiano
(Presbitero)
272
Angela
Pando
Galiano
Sancho
Barrionuevo
(Sandoval)
1764
Miguel Pascual
de Pando
Galiano (Ossa)
258
1767
Francisco
Javier Pando
Galiano
256
1766
Fernando
José Pascual
Pando Galiano
257
1787 - 1855
Ramón
Barnuevo
y Pando
68
María
Josefa
Quesada
Leonardo
José de
Arce Pando
1782
Felipe Antonio
José Pascual de
Arce Quesada
241
1784
Ana
Maria
Barnuevo
238
1781
Baldomera
Antonia Fabiana
Barnuevo
242
M. 1707
M. 1743
M. 1764
M. 1738
M. 1749
M. 6/11/1776
1693 - 1728
Ángela Gertrudis
Josefa Galiano
(de Cantos)
34
D. 1744
Manuel Andrés de Pando de los Cobos
(Caballero de la Orden de Calatrava y alguacil
mayor del Santo Tribunal por Cuenca)
1710
Maríana Josefa Ignacia
Javiera de san Nicolás
Pando de los Caballeros
312
Andrés Fernández
de Alarcón y
Ballesteros
1712 - 1761
Fernando José
Pando de los
Cobos (Prestero)
48
1725
Jose Mateo
Antonio Pando
de los Cobos
297
1719
María
Josefa
Pando
304
Úrsula
de
Pando
Joaquín
de
Mergelina
Joaquin
Mergelina
y Pando
M. 1707
M. 1734
M. 1734
Esquema 3.1. FAMILIA PANDO GALIANO (SIGLO XVIII)
Fuente: Ibidem
Esquema 3.2. FAMILIA DE PANDO GALIANO (SIGLO XVIII)
Nota: La cifra de dentro de cuadros/círculos corresponde a la edad actual (si solo hay una fecha) o a
los años vividos (si aparecen fechas de nacimiento y defunción).
Fuente: Ibidem