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Alfonso arráez tolosa
DOÑA ANA DE PINA, UNA MUJER SOLA AL FRENTE DE SU LINAJE EN LA ALMANSA DEL ANTIGUO RÉGIMEN
DOÑA ANA DE PINA, UNA MUJER SOLA AL FRENTE DE SU
LINAJE EN LA ALMANSA DEL ANTIGUO RÉGIMEN
DOÑA ANA DE PINA, A SINGLE WOMAN AT THE HEAD OF HER
LINEAGE IN THE ALMANSA OF THE ANCIEN RÉGIME
Alfonso Arráez Tolosa
Asociación Torre Grande de Almansa
alfonsoarraez@yahoo.es
Como citar este artículo: Arráez Tolosa, A. (2024). Doña Ana de Pina, una mu-
jer sola al frente de su linaje en la Almansa del Antiguo Régimen. Al-Basit (69),
http://doi.org/10.37927/al-basit.69_1
Recibido/Received: 20/03/2024
Aceptado/Accepted: 23/09/2024
RESUMEN: Este artículo da a cono-
cer la trayectoria vital de doña Ana
de Pina, hija y legítima heredera
de don Alonso de Pina IV, princi-
pal personalidad de la Almansa de
la segunda mitad del siglo XVI. A
doña Ana le correspondía el riquí-
simo vínculo y mayorazgo familiar,
dotado con un gran número de
propiedades entre las que destaca
la “Casa Grande” de Almansa. Sin
embargo, al ser una mujer nunca
pudo recibirlo. Esto suponía ade-
más un grave problema familiar,
porque a la muerte del padre se
convertiría en la principal y casi
única representante del linaje
Pina - Tárrega. Para salvar la peli-
grosa situación, D. Alonso IV fun-
dó su propio vínculo con todos sus
bienes privativos, que doña Ana sí
podía heredar, si bien de mucha
menor importancia que el vínculo
familiar perdido. Esta sería la base
económica de la que dispondría
la joven para sostenerse ella y su
posible descendencia, y preservar
el linaje familiar. Debía defender
a toda costa dicho patrimonio y
transferirlo después a la persona
adecuada, preferiblemente un hijo
varón. Una misión que la haría en-
frentarse con su segundo esposo,
y vivir en soledad el resto de su
vida.
PALABRAS CLAVE: Casa Grande
de Almansa, don Alonso de Pina,
don Juan de Verastegui, mujer, vín-
culo y mayorazgo, soledad.
ABSTRACT: This article deals
with the biography of Doña Ana
de Pina, daughter and legitimate
heir of Don Alonso de Pina IV, the
main personality of Almansa in
the second half of the 16th cen-
tury. Doña Ana was entitled to the
gina 2
very rich family bond and estate of
her family, which included a large
number of properties, including
the “Casa Grande” of Almansa.
However, being a woman, she was
never able to receive it. This also
meant a serious family problem
because after her father’s death
she would become the main and
almost unique representative of
the Pina-Tárrega lineage. To avoid
the dangerous situation, D. Alon-
so IV founded his own bond with
all his private assets, which Doña
Ana could inherit. Although of
much less importance than the
lost family bond. This would be

young woman to support herself
and her possible descendants, and
preserve the family lineage. She
had to defend her heritage at any
cost and later hand it over to the
right person, preferably a son. A
mission that would make her con-
front her second husband, and live
in solitude for the rest of her life.
KEY WORDS: Casa Grande, don
Alonso de Pina, don Juan de Veras-
tegui, woman, bond and inheritan-
ce, solitude.
INTRODUCCIÓN
Desde época medieval la mujer era considerada un ser débil,
de naturaleza caprichosa y hasta perversa, fuente de todos los peca-
dos y tentadora del sexo masculino. San Jerónimo la había descrito
como “la puerta del Diablo, la senda de la iniquidad, la picadura de

Eva fue culpable de la expulsión del paraíso. Por tanto, la naturaleza

estaba sometida al hombre, tan solo por encima de los esclavos: “la
fuerza del uno estriba en el mando y la de la otra en la sumisión1.
Tal sistema de creencias oprimía a la mujer y le reservaba un rol
eminentemente doméstico, en la propia casa o como criada en aje-
na. Situación mantenida hasta épocas muy recientes. A ello se unía
la mentalidad de que el individuo no valía nada a título individual
sino como integrante del grupo familiar. En esta estrategia social, los
varones aportaban valor al resto de miembros (la honra familiar),
mientras las mujeres se encargaban de su custodia. De ahí la necesi-
dad de que el hombre vigilase a las mujeres de la familia, a su esposa
 Política. Libro primero, capítulo V “Del poder doméstico.
AL-BASIT 69 • PÁGS. 1-44 • INSTITUTO DE ESTUDIOS ALBACETENSES «DON JUAN MANUEL» • ALBACETE
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Alfonso arráez tolosa
DOÑA ANA DE PINA, UNA MUJER SOLA AL FRENTE DE SU LINAJE EN LA ALMANSA DEL ANTIGUO RÉGIMEN
e incluso a su propia madre y hermanas, para que llevasen una vida
“honrada2. La mujer permanecía siempre bajo la tutela jurídica del
cabeza de familia, primero el padre y el esposo después, con escasa
autonomía y en una situación similar a la minoría de edad. No po-
día disponer libremente de sus propios bienes sin la autorización
masculina, y para casarse debía entregar antes una dote a su futuro
esposo. Al menos sí transmitía a sus hijos los derechos de sucesión
al patrimonio.
El estado civil que otorgaba independencia a la mujer era la
viudedad. Al contrario que la mujer casada, la viuda poseía capaci-
dad jurídica plena para obrar y podía participar en negocios jurídi-
cos de compraventa, arrendamiento, tratos, granjerías o donaciones.
Es lo que se conocía como Privilegio de las Viudas, entendido como
una ventaja procesal hacia ellas para que pudieran dirimir sus con-
troversias, tanto civiles como criminales, ante un órgano judicial su-
perior del que, en estricta aplicación de los criterios de competencia,
les correspondería (Bouzada, 1997, 203). En este contexto, el 12 de
septiembre de 1598 fallecía en Almansa don Alonso de Pina IV, sin
duda la personalidad más destacada de dicha localidad en su tiempo,
poseedor del riquísimo vínculo y mayorazgo fundado casi cien años
atrás por don Alonso de Pina I, y que constituía la principal base ma-
terial de su familia y linaje3 (Anexo I). Don Alonso I, merino de don
 Este campo ha sido tratado profusamente en los últimos años por la Historia social. Entre
otros autores sobresale la extensa labor pionera de Francisco Chacón Jiménez, a título indi-
vidual o en obras colectivas. Entre las primeras vid. Chacón (1990; 1995, 75-104). También
Chacón (1987 a y b; 1991; 1992; 2001). Otros trabajos de interés son Montojo (1992),
Casey y Hernández (1997), Irigoyen (2000), Molina (2003-2004, 489-510; 2005). De gran

276). También el de Francisco González, de la UCLM, y su grupo del Seminario de Historia
de la Población (SEHISP), de la Facultad de Humanidades de Albacete. Vid. García (2008;
2017; 2020).

propiedad en la cual su titular dispone de la renta, pero no de los bienes que la producen,
 

a Luis de Molina, como «el derecho de suceder en los bienes dejados por el fundador con
la condición de que se conserven íntegros perpetuamente en su familia para que los lleve
y posea el primogénito más próximo por orden sucesivo». Es decir, era un sistema de re-
parto de bienes por el cual el grueso del patrimonio de una familia pasaba íntegro a uno
de los hijos o descendientes, generalmente el primogénito varón, que asimismo no podía
enajenarlos ni repartirlos en herencia. Con ello se evitaba la disgregación del patrimonio
gina 4
Juan Pacheco (II segundo marqués de Villena), fue el fundador del
linaje Pina con la creación de su vínculo y mayorazgo a su muerte
en 1501 (Arráez y Martínez, 2017: 278).4 Entre la gran cantidad de
propiedades que lo integraban destacan la torre y dehesa de Burja-
harón (actual Torre Grande), y el solar donde en 1575 su sucesor don
Alonso IV levantaría la espectacular casa palacio conocida como la
“Casa Grande”, hoy sede del Ayuntamiento de Almansa. Las cláusulas
del mayorazgo fundado por don Alonso de Pina I establecían que los
sucesivos herederos y propietarios habrían de ser siempre varones,
preferentemente por línea masculina. En caso de no haberlo, podría
heredar un varón descendiente por línea femenina (hijo de una mujer
del linaje). Se trataba por tanto de un mayorazgo de agnación arti-

qua non” para los sucesivos propietarios: debían llamarse como él,
ya fueran así bautizados o mudasen el nombre, y portar sus armas
heráldicas. Este requisito, común en la época, iba dirigido a evitar que
familiar entre los hermanos, y se garantizaba la perpetuación en el tiempo de las bases
económicas del linaje, cuyo valor podía además aumentar pues la institución permitía que
los sucesivos propietarios añadiesen bienes al vínculo familiar. La fundación de un mayo-
razgo solía comenzar con la vinculación de un solar o casa solariega, el centro neurálgico
del linaje y lugar de residencia del cabeza de familia de cada generación.
Según el orden sucesorio puede establecerse una tipología de mayorazgos: regulares
   
línea de primogenitura y el derecho de representación, siguiendo los criterios de la
línea (primogenitura), grado (mayor cercanía con el fundador), género (preferencia del
varón) y edad (prevalencia del mayor sobre menor), en este mismo orden. Entre los
mayorazgos irregulares destacaron los de agnación rigurosa o masculinidad pura, en
los que la sucesión era por la línea “de varón en varón, estando excluidos las mujeres
y los hombres descendientes de mujeres, para así conservar la varonía de la línea. El

sucesión de los varones descendientes de mujeres. También encontramos los mayorazgos
de segundogenitura, en los que la línea de sucesión se establecía en el hijo segundo y no
en el primogénito como era común. Menos frecuentes fueron los de contraria agnación y
femineidad, en los que se llamaba a los descendientes de mujeres con exclusión de varones
y las mujeres descendientes de varones. Entre otros, deben nombrarse los electivos, en los

los mayorazgos es muy amplia. Pueden también consultarse, entre otros, (Bermejo, 1985),
(Mariluz, 1969) o (Soria, 2007).
 La familia Pina descendía de Alvar Ximénez de Pina, caballero aragonés llegado a
Almansa en 1372 junto a don Alfonso de Aragón, primer marqués de Villena. Su relación
con el señor y su hidalguía permitieron a Alvar ocupar un lugar preeminente en la sociedad
almanseña desde su misma llegada. Para una aproximación a la villa de Almansa en la Baja
Edad Media, ver (Pretel, 1981) y (López, 2011).
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el nombre de la casa Pina desapareciera, y causó la presencia ininte-
rrumpida en Almansa de un don Alonso de Pina desde mediados del
siglo XV hasta entrado el siglo XVII, ya que los sucesivos poseedores
usaron tal nombre5. Don Alonso de Pina IV no murió en paz. Los años
anteriores habían fallecido todos sus hijos salvo la menor, doña Ana
de Pina, nacida en 1574. Sin embargo, su condición de mujer la apar-
taba de la sucesión del riquísimo vínculo y mayorazgo fundado por
don Alonso I, que pasaría a manos del pariente masculino más cerca-
no. Un gravísimo problema para don Alonso IV, ya que tal pérdida pa-
trimonial amenazaba con la extinción de su linaje Pina-Tárrega, cuyas
armas con tanto orgullo había hecho labrar en el segundo cuerpo de
la espectacular portada manierista de sus casas principales, la llama-
da “Casa Grande” de Almansa, mandada construir en 15756 (Imagen
1). La única solución para evitar tal desastre era que doña Ana diera
a luz un hijo varón, el cual sí podría heredar el vínculo y mayorazgo y

Con este objetivo, el padre casó a doña Ana rápidamente. El arquetipo
de esposa y madre reservada a las mujeres de la época cobraba aún
más importancia si cabe en la persona de doña Ana. Sin embargo, tal
hijo nunca llegaría, así que la muerte del padre conllevó la pérdida del
patrimonio que hubiera correspondido a doña Ana de Pina en caso
de nacer varón. Todo pasó a manos del pariente masculino más cer-
cano: su primo segundo don Enrique Tallada, señor de Novelé y baile
de Xàtiva, descendiente por línea femenina de don Alonso de Pina II7.
Semejante merma patrimonial incluía las mismas casas principales
de la familia, la “Casa Grande”. A cambio, doña Ana recibía el deber
de liderar a su familia Pina, debilitada por tal pérdida y con un futuro
incierto ante la ausencia de heredero varón8.
              
primeras personas portadoras del nombre Alonso de Pina, y señalaron al cuarto de ellos
como el promotor de la “Casa grande”. Para individualizarlos emplearon números ordinales
o regnales (I, II, III...), criterio seguido en este trabajo.
 Para un análisis estilístico de la casa-palacio vid (Martínez, 2019).
 Don Enrique Tallada era hijo primogénito de don Pedro Tallada, señor de Novelé, y de
doña Recharta Martínez (luego llamada doña Catalina de Pina Recharte), hija a su vez de
don Alonso de Pina II, hermano mayor de don Alonso de Pina III (abuelo de doña Ana de
Pina).
 (Molina, 2005) y (Soria, 2007) exponen con rotundidad las principales características de
las elites sociales de la Edad Moderna, cuyos objetivos pueden resumirse en conservar y
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Imagen 1. Fachada manierista de la “Casa Grande” de Almansa (1)
(1) Construida en 1575 por don Alonso de Pina IV. Hoy es sede del Ayuntamiento almanseño.
Autor: Alfonso Arráez Tolosa.

doña Ana de Pina, como líder de su familia y linaje Pina, junto a los
-
da por ser mujer9. Asimismo, se analizarán las dos estrategias que
siguió para conseguir el objetivo, heredado del padre y común a las
familias nobles e hidalgas de la época, de garantizar la perpetuación
del linaje y familia. Ambas estrategias estaban entrelazadas y fueron
aumentar las bases materiales y redes relacionales, para después traspasarlas a la siguiente

se centra en el corregimiento de Chinchilla-Villena y contiene referencias sobre muchas
familias integrantes de las élites locales de la zona, entre ellas la de Pina.
            
Historia de las mujeres, y hoy contamos con numerosas investigaciones rigurosas que
tratan muy diversos aspectos: religiosidad, maternidad, trabajo, poder, soledad… Ver Pilar
Díaz Sánchez, Gloria Franco Rubio y María Jesús Fuente (eds.) (2012). O la más reciente de
Méndez y Chacón (2020).
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Alfonso arráez tolosa
DOÑA ANA DE PINA, UNA MUJER SOLA AL FRENTE DE SU LINAJE EN LA ALMANSA DEL ANTIGUO RÉGIMEN
diseñadas por su padre. En primer lugar, trató siempre de mantener
unido y en sus manos el patrimonio familiar restante (valiosísimo),
con intención de lograr traspasarlo a la siguiente generación. Des-
pués, nunca desistió, a lo largo de toda su vida, de buscar un hijo
varón al que transmitir con garantías sus bienes y derechos patri-



su patrimonio de la injerencia de sus dos esposos (en particular del
segundo), y de las otras mujeres de la familia. A la luz de todo lo an-

de manera positiva a los objetivos familiares y, a la vez, si se trata
de una de aquellas mujeres dotadas de poder y responsabilidad en
una sociedad eminentemente masculina10. Por último, si responde
11. Para estas cuestio-
nes usaremos del examen de la abundante documentación inédita
conservada en archivos públicos y privados12.

protagonismo en la restrictiva sociedad del Antiguo Régimen, y fueron capaces de defender
sus intereses familiares y personales de manera proactiva. Ver (Blutrach Jelín, 2011); (Díaz,
Franco y Fuente, 2012); (Correa, 2018: 51-78); (López, 2015), de gran interés por tratar la

fue propietario de la “Casa Grande” de Almansa desde principios del siglo XVIII. También
muy sugerente es (Hernández, 2023), que estudia el caso de la albacetense doña Catalina
Antonia de Cantos Barrionuevo (1669-1720), esposa del hidalgo almanseño D. Francisco
Galiano Spuche, integrante de una de las dos principales familias de la sociedad almanseña
de los siglos XVII y XVIII (la otra fue la de Enríquez de Navarra). Nota curiosa, el acceso
a la cúspide de estas dos familias se vio facilitado gracias a la crisis del linaje Pina, con la
muerte de don Alonso IV en 1598 y la consiguiente pérdida del mayorazgo principal. Crisis
que tratará de sortear doña Ana de Pina.

existía un número relativamente importante de mujeres “solas”, es decir, aquellas que
lideraban un hogar (unidad doméstica) debido a la ausencia al frente de los mismos de la

 Principalmente, se han examinado las actas capitulares del concejo almanseño presentes
en el Archivo Municipal de Almansa (AMA); las series de protocolos notariales conservadas
en el Archivo Histórico Provincial de Albacete (AHPAb); diversa documentación pública y
privada del Archivo de la Real Chancillería de Granada (ARChGr), del Archivo de Simancas
(AGS), y del Archivo del Reino de Valencia (ARV). Además, ha sido posible contar con
documentación en manos privadas (testamentos, escrituras de compraventa, donaciones,
etc.), a cuyos propietarios agradezco su amabilidad. La limitada extensión de este artículo
impide ofrecer una transcripción literal de dicha documentación, como sería mi deseo.
gina 8
1. INFANCIA Y JUVENTUD
La hija menor de don Alonso de Pina IV y su esposa doña Ra-
faela Merino nació el 11 de julio de 1574. Con solo 4 o 5 años falle-
ció su madre, golpe que debió de impactar en la niña pues, 75 años
después, incluyó en su testamento la fundación de una memoria de
misas por el alma de doña Rafaela. No fue la única muerte a la que
debió sobreponerse. Durante esta etapa fallecieron, uno tras otro,
todos sus hermanos mayores: el primogénito don Alonso de Pina
“el mozo” (1555-ca 1589); don Pablo (1558-1581); y don Felipe
(1568-1590), además de Baltasar, Úrsula, María y Luis, muertos a
temprana edad. De modo que, en 1590, con 16 años, se convirtió en
heredera del patrimonio familiar, como única hija superviviente del
matrimonio de sus padres. Ello creaba un enorme problema pues,
como ya se ha señalado, su condición de mujer la incapacitaba para
recibir el vínculo y mayorazgo fundado por don Alonso de Pina I en
1501, base de la gran riqueza material de la familia. Doña Ana nunca
podría heredar tal fortuna, que a la muerte del padre pasaría fatal-
mente al pariente masculino más cercano: su primo segundo don
Enrique Tallada, nieto de don Alonso de Pina II. El tremendo golpe
patrimonial que supondría la referida transmisión hacía peligrar
la misma supervivencia de la familia y linaje Pina-Tárrega, en caso
de que la joven doña Ana falleciera sin descendencia masculina. En
1590 no existían varones en la familia (salvo el padre), y tan solo
vivían dos hermanas ancianas de D. Alonso IV: doña Isabel y doña
Catalina de Pina, ambas sin hijos. También una prima muy pequeña
llamada doña Isabel de Pina, sobrina de don Alonso IV (hija póstu-
ma del hermano de este don Luis de Pina, 1538-1587, y su segunda
esposa doña Agustina de Hervias). Aunque sus escasos 2 años no
hacían albergar muchas esperanzas de llegar a la edad adulta, ha-
bida cuenta la gran tasa de mortalidad infantil de la época, de hasta
un 50 % (Pérez y Reher, 1988)13. Para don Alonso IV, la solución
pasaba por casar con rapidez a doña Ana en busca de un hijo varón
 Grosso modo durante el siglo XVII, un 25 % de los recién nacidos fallecían antes del
primer año de vida, y solo el 50 % alcanzaba la edad matrimonial, que cifran en 21,6 años
para las mujeres en Cuenca en el periodo 1560-1600. Durante el siglo XVII disminu
hasta los 20 años.
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gina 9
Alfonso arráez tolosa
DOÑA ANA DE PINA, UNA MUJER SOLA AL FRENTE DE SU LINAJE EN LA ALMANSA DEL ANTIGUO RÉGIMEN
llamado don Alonso de Pina, que sí estaría capacitado para heredar
el vínculo de don Alonso I, y garantizar con ello la supervivencia

2. PRIMER MATRIMONIO. DON MIGUEL RIVELLES DE VALLTERRA
La dote establecida por don Alonso IV para casar a su hija
consistió en nada menos que 8.000 libras valencianas (unos 80.300
reales, o 7.300 ducados). Cifra muy superior a la media de 27.553
reales de las dotes entregadas en Almansa en aquel periodo, y tam-
bién a los 33.621 reales de las principales localidades del marquesa-
do (Molina Puche, 2005: 394). Tal cantidad facilitaría encontrar un
esposo y padre de la necesaria calidad social para su única hija, y sus
posibles nietos. Encontró pronto al candidato perfecto: don Miguel
Rivelles de Vallterra, barón de Torres Torres y Castel Montán, viudo
de su propia prima doña Ana Vallterra y padre de una hija, Beatriz
(Corbalán de Celis, 2016). Por tanto, don Miguel precisaba también
un hijo varón al que traspasar su señorío. Así, el niño nacido de tal
alianza matrimonial, un nuevo don Alonso de Pina, acumularía en
su persona el vínculo de D. Alonso de Pina IV y la baronía de Torres
Torres. Una gran oportunidad para todos, que no dejaron escapar.
El enlace se celebró el domingo 30 de junio de 1591 en la igle-
sia de la Asunción de Almansa. Doña Ana estaba a punto de cumplir
17 años, como se ha visto una edad de acceso al matrimonio tem-
pranísima incluso en aquella época, y que muestra la urgencia de la

de Vilanova, señor de Bicorp, y la hermana del novio doña Beatriz
Rivelles y Vallterra, esposa de don Jaime del Milá. La nueva pareja
dedicaría los meses siguientes a cumplir con empeño sus obligacio-
nes matrimoniales, bajo la mirada vigilante del padre y suegro. Para
favorecer la llegada del deseado niño, don Alonso IV había incorpo-
rado en las capitulaciones matrimoniales una cláusula que obliga-
ba al yerno a residir en Almansa, al menos durante los 6 primeros
meses tras la boda14. Aunque el Vallterra tenía muy clara su misión,
 “Capítulos matrimoniales que tenían concertados don Miguel Rivelles y Vallterra y doña
Ana de Pina, otorgados en la villa de Almansa a 8 de febrero 1591” (ARV, JV JCiv, s. XV-XVIII,
MiE: Manaments y Empares, año 1618, Libro 4, mano 33, ff. 14 a 46).
gina 10
y no pensaba abandonar el tálamo nupcial sin lograr su objetivo de
dejar encinta a doña Ana. De esta manera, el 6 de octubre, don Mi-
guel obtuvo del concejo almanseño la carta de vecindad, para lo que
alegó su matrimonio y su residencia: “casado con doña Ana de Pina
hija de don Alonso de Pina regidor, y bibe en esta villa”15. Lamentable-
mente para todos ellos, el matrimonio nunca tuvo hijos, aunque de
momento lo lógico era que, antes o después, hubiera embarazo. Eso
sí, cabía la posibilidad de que nunca naciera un niño, sino niñas, o
de que el varón solo llegara tras la muerte del padre, con el vínculo
y mayorazgo de don Alonso I ya en manos de un pariente lejano de
otro linaje. Para prevenir tales peligros, don Alonso IV debía ase-
gurar la supervivencia económica de su única hija después de su
propia muerte, lo que garantizaría su preeminencia social en espera
del posible nacimiento del niño llamado Alonso de Pina, que man-
tuviera el linaje y optase en el futuro a recuperar el vínculo y ma-
yorazgo original. Por esta razón, con sus bienes privativos instituyó
un mayorazgo menor, el suyo propio, cuya primera propietaria tras
su muerte sería doña Ana. Para evitar la repetición del problema,
que marchara de la línea principal del linaje, fundó un mayorazgo
regular cuyas cláusulas dejan bien claro que los sucesivos herederos
podrían ser hombres y mujeres (aunque con preferencia del varón):
“Quiero y es mi boluntad que subceda en los dichos bienes y binculo
doña Ana de Pina mi hixa ligitima e natural, abida e procreada
durante el ligitimo matrimonio que contraxe con doña Rafaela
Merino mi primera muger, para que tenga el dicho binculo e lo
goçe en su vida e sus hixos e descendientes ligitimos o ligitimados

el baron a la henbra aunque sea mayor”.16
 Vecindad de don Miguel Rivelles de Vallterra (AMA, leg. 1305, f. 298v, 6/10/1591).
 “Juro a favor de Alonso Pina” (AGS, CME, 132, 2). Para las transcripciones del presente
             
comprensión. Esta consiste en: desarrollar las abreviaturas, separar o unir las palabras que
no se adecuan a una composición actual, normalización de las mayúsculas y minúsculas,
acentuación actualizada, introducción de signos de puntuación básicos para una necesaria
           

AL-BASIT 69 • PÁGS. 1-44 • INSTITUTO DE ESTUDIOS ALBACETENSES «DON JUAN MANUEL» • ALBACETE
gina 11
Alfonso arráez tolosa
DOÑA ANA DE PINA, UNA MUJER SOLA AL FRENTE DE SU LINAJE EN LA ALMANSA DEL ANTIGUO RÉGIMEN
Durante los años siguientes, últimos de su vida, don Alonso

de incrementar lo más posible la dotación de este mayorazgo, y con
ello reforzar la posición de doña Ana, su única hija superviviente
y futura líder del linaje Pina. La base del vínculo fueron las 8.000
libras valencianas de la dote de la hija por su matrimonio con don
Miguel. El 18 de octubre de 1592, doña Ana concedía a su padre un
poder notarial autorizándole a incluir en el vínculo dicha cantidad,
más la que pudiera corresponderle por las herencias de su madre
doña Rafaela Merino y de sus hermanos difuntos17. De esta manera
la dote quedaba vinculada, a salvo de una mala acción del esposo, y
doña Ana siempre podría disponer de ella. Entre la enorme cantidad
de bienes que integraron el vínculo, el de mayor valor era un juro
perpetuo sobre las alcabalas de Almansa, Yecla, Hellín, Tobarra, Ves
y Casas de Ves, valorado en 12.000 ducados (132.000 reales), con
una renta anual de 600 ducados (6.600 reales), adquirido por don
Alonso IV el 4 de marzo de 1588. El padre esperó hasta el último
momento para fundar su vínculo y mayorazgo, con la intención de
incrementar su dotación lo más posible, y también en previsión de
algún suceso, en forma de nacimiento o muerte inesperada de algún
familiar, que hiciera necesario un cambio de estrategia. El 9 de sep-
tiembre de 1598, en su mismo lecho de muerte y por señas al hallar-

ante el escribano Gil Martínez18. Se trataba de una verdadera fortuna
 Las Leyes de Toro (1505) regulaban el sistema de herencias vigente en Castilla,
mediante el reparto igualitario de la herencia entre hombres y mujeres, mayores y
menores. Los bienes privativos del testador se dividían en cinco partes, cuatro de las
cuales debían forzosamente transmitirse a los descendientes; de esos cuatro quintos, el
testador tenía que repartir dos tercios en proporciones iguales entre todos sus hijos o
nietos (sin distinción de género), pudiendo mejorar con el tercio restante a los sucesores
que libremente determinara. Una quinta parte, no computada como legítima, quedaba a
su libre disposición, pudiendo acumularse al tercio de mejora. No obstante, para evitar
la excesiva atomización patrimonial, en los testamentos se podía fundar un patronato,

unos bienes constantes no enajenables. Otra fórmula fue utilizar parte del patrimonio
como dote matrimonial para asegurar la reproducción social y biológica de la familia. Para
conocer el tema de las herencias en Castilla, ver (Gacto, 1987). Una buena síntesis sobre el
sistema hereditario castellano es Bartolomé y García, 2011.
 Testamento, vínculo y mayorazgo de D. Alonso de Pina (IV), (9/09/1598). Archivo
Privado (AP).
gina 12
valorada en casi 50.000 ducados (unos 550.000 reales)19. Tres días
después, la madrugada del 12 de septiembre, fallecía D. Alonso IV y
el vínculo pasó a su única hija y heredera doña Ana. Semejante for-
tuna le otorgaba las bases económicas necesarias que le permitie-
ran asegurar la supervivencia de la familia. Asimismo, como estaba
anunciado al carecer esta de descendencia masculina (y femenina),
el vínculo y mayorazgo de don Alonso de Pina I salió de la familia a
manos de don Enrique Tallada, primo segundo de doña Ana. Este
se hallaba en Almansa desde hacía varios días, en espera del fatal
desenlace, tan positivo para sus intereses. Sin perder un instante, al
amanecer de aquel 12 de septiembre, don Enrique requería ante un
escribano almanseño la propiedad del vínculo y mayorazgo de don
Alonso I. Como exigían sus cláusulas, no dudó en trocar su nombre
por el del fundador, don Alonso de Pina (el V). Sin embargo, debido
a sus intereses en Valencia el Tallada nunca residirá en Almansa, y
administrará sus propiedades recién adquiridas aquí mediante un
apoderado. Una estrategia seguida por sus sucesores, y que causó
la progresiva desaparición de don Alonso de Pina de Almansa, des-
pués de tantos años de presencia.
3. EL PATRIMONIO MATERIAL. EL VÍNCULO DE DON ALONSO IV
HEREDADO POR DOÑA ANA DE PINA
Desaparecida la poderosa protección del padre, la vida de
doña Ana se verá sacudida desde entonces por diversos vaivenes.
Quedaba completamente a merced de su esposo, algo usual en la
época, lo que no evitaría el primer gran golpe. Este vendrá provo-

y reducido con la muerte de la tía doña Isabel. Solo vivían la propia
doña Ana más su anciana tía doña Catalina de Pina, doncella, herma-
na y albacea testamentario de don Alonso IV, y sin hijos pues nunca
casó. Y la pequeña doña Isabel de Pina, prima hermana de doña Ana,
ya con 11 años (hija del difunto don Luis de Pina, hermano a su vez
 Molina Puche (2005, 194) calcula en 107.000 reales la media del valor de los bienes
liberados propiedad de las familias de la elite del antiguo marquesado de Villena. Los cerca
de 550.000 reales (vinculados, eso sí) de doña Ana quintuplican dicha cantidad. A ellos
habría que añadir los del esposo.
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gina 13
Alfonso arráez tolosa
DOÑA ANA DE PINA, UNA MUJER SOLA AL FRENTE DE SU LINAJE EN LA ALMANSA DEL ANTIGUO RÉGIMEN
de doña Catalina, don Alonso IV y doña Isabel). A su edad, la joven
doña Isabel representaba ya otra posibilidad de perpetuar el linaje
Pina, y debía ser apoyada. Más aún cuando doña Ana de Pina conti-
nuaba sin descendencia tras 8 años de matrimonio con don Miguel
de Vallterra, con quien además se había marchado a vivir a tierras
valencianas. La veterana doña Catalina era muy consciente de la pe-
ligrosa situación, y de la necesidad de dotar convenientemente a su
joven sobrina doña Isabel para casarla adecuadamente. Cualquier
hija suya estaría capacitada para heredar el vínculo y mayorazgo de
D. Alonso IV, lo que garantizaría la momentánea supervivencia del
linaje. Aunque la verdadera garantía solo se obtendría de nacer el
ansiado varón, llamado Alonso de Pina, que incluso podría aspirar
a recuperar el vínculo y mayorazgo de D. Alonso I (en caso de au-
sencia de varones entre los Tallada, sus nuevos propietarios). Con
tan claro objetivo, doña Catalina tratará de retener la mayor par-
te posible de la herencia de su hermano recién fallecido D. Alonso
IV. Para ello, hará valer sus derechos sobre los bienes privativos de
este, heredados de los padres de ambos (don Alonso de Pina III y
Úrsula Tárrega), y el 30 de enero de 1599 reclamó la propiedad de
todo el vínculo20. El pleito subsiguiente entre tía y sobrina se ve-
ría paralizado por la terrible epidemia de peste que asoló Alman-
sa en primavera y verano de 1599, muriendo unas 1.000 personas
(Arráez, 2018). En 1600, vuelta la normalidad, se reanudó el litigio
por el vínculo. Doña Ana estuvo representada, como procurador con
plenos poderes, por su propio esposo don Miguel de Vallterra. Justo
lo que doña Catalina trataba de evitar, la injerencia del Vallterra en
el patrimonio de la familia. Finalmente, la sentencia del licenciado
Orozco, alcalde mayor del corregimiento, estableció que el vínculo
sólo incluiría un tercio más un quinto del total de las posesiones de
don Alonso IV (8 partes de 15). Aunque doña Catalina apeló, el 26
de marzo de 1601, ambas acordaron repartirse los bienes por mi-
tades, salvo 5.000 ducados que recibiría doña Ana de la parte de su
tía. Como paso previo al reparto, el 30 de marzo se tasó la hacienda
de don Alonso IV al morir, nada menos que en 543.972,5 reales21. De
 Vínculo y mayorazgo de don Alonso de Pina IV (AGS, CME, 0132).
 “Testamento e institución de mayorazgo inajenable de Alonso de Pina” (ARV JV JCiv sXV-
XVIII MIE: Manaments y Empares, a. 1602, libros 7, 8 y 9).
gina 14
dicha cantidad hubo que descontar el importe de diversas deudas
pendientes: 36.003 reales por mandas testamentarias de don Alon-
so IV; 11.000 reales de limosna de las 20.000 misas que dejó encar-
gadas por su alma; y 4.000 reales gastados en cumplir las mandas
del primogénito don Alonso “el mozo” (fallecido en torno a 1589)
y que el padre incumplió debido a las graves desavenencias entre
ambos22. A los albaceas testamentarios de don Alonso IV se les debía
8.768 reales. Incluso a la propia tía doña Catalina se le adeudaba un
censo de 11.620 reales de principal, más otros 4.150 reales de pen-
siones sin pagar de los últimos 5 años. A don Enrique Tallada -don
Alonso de Pina V- se le adjudicaron 5.500 reales de la liquidación de
varios censos pertenecientes al vínculo y mayorazgo de don Alon-
so I, como su nuevo poseedor. Francisco Núñez Pujazones, alférez
mayor de Chinchilla, recibió 1.500 reales del impago de la pensión
anual de un censo sobre la hacienda del Pina (21.000 reales de prin-
cipal). Otras deudas que hubo que liquidar fueron 594 reales de un
censo establecido por doña Úrsula Tárrega (la madre de don Alonso
IV y de doña Catalina) para “adorno de la ymaxen de la Asuncion de
Nuestra Señora que esta en la yglesia mayor desta villa”. Otros 540
reales al escribano Gil Martínez como honorarios por la redacción
del testamento y otros documentos; y 308 por el aceite consumido
“en las lámparas de la capilla de don Alonso” de la iglesia de San-
ta María de la Soledad, más otros pagos de menor cuantía. En total
se descontaron 114.454 reales de deudas y pagos pendientes. Todo
ello, restado a la cantidad inicial de 543.972,5 reales, resulta bienes
y derechos por valor de 429.518,5 reales de los que la mitad más
5.000 ducados (269.759 reales) permanecieron en el vínculo como
estaba acordado. El resto (159.759 reales), se entregaron a la tía
doña Catalina, cantidad sobrada para dotar al casamiento de la so-
brina doña Isabel. Finalmente, el vínculo recibido por doña Ana es-
tuvo integrado por el juro perpetuo sobre las alcabalas de Almansa,
Yecla, Hellín, Tobarra, Ves y Casas de Ves, con 600 ducados de renta
 “D. Gaspar de Pina vecino de Almansa contra D. Alonso de Pina su padre sobre reparar y
conservar los bienes del mayorazgo de Pina” (ARChGr, 3359-15, año 1582). El primogénito
don Alonso de Pina “el mozo” (bautizado Gaspar Alonso) vivió la vida a su manera,
desoyendo las indicaciones de su padre don Alonso IV. Ello le costó ser desheredado y
expulsado de las casas principales, aunque mantuvo sus derechos al mayorazgo de
D. Alonso I, por lo que el padre renunció a costear el mantenimiento de tales bienes.
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gina 15
Alfonso arráez tolosa
DOÑA ANA DE PINA, UNA MUJER SOLA AL FRENTE DE SU LINAJE EN LA ALMANSA DEL ANTIGUO RÉGIMEN
anual, un patronato de legos fundado en 1524 por su pariente Juan
Richarte (arrebatado después por don Enrique Tallada -don Alon-
so V-), más las propiedades compradas por su padre don Alonso IV
en vida. Entre estas aparecen distintas tierras, labores y huertas en
Férez tasadas en 46.968,5 reales; más 83,5 caballerías de tierra en
Almansa “en la partida del riego del estanco” (el pantano) por va-
lor de 11.740 reales, compradas a diferentes propietarios (se citan
los nombres de 33 vecinos); distintas tierras adquiridas en la ribe-
ra del río Cabriel, término de Requena, apreciadas en 8.915 reales.
También se vinculó el “molino nuevo” construido por su padre en
la Rambla de los Molinos, valorado en 3.500 ducados23 y 56 censos
contraídos por distintas personas y lugares, entre ellos dos contra la
villa de Sax por 2.206 y 1.103 reales; uno contra Juan Tárrega, regi-
dor de Almansa, por 980 reales; y otro contra Alonso Navarro Duar-
te y su esposa Catalina Galiano por 3.309 reales. Como anécdota, se
desconoce a cuál de las dos correspondió un cuadrito del castillo de
Almansa citado en la relación, tasado en solo 1 real (Imagen 2).
Imagen 2. El castillo de Almansa como parte de los bienes
de don Alonso IV (1)
(1) Se lee “Item un quadro pequeño en que esta pintado el castillo de Almansa”.
valor de tasación, tan mínimo como su tamaño, de solo un real: “I real”.
Fuente: (ARV), JV JCiv sXV-XVIII MIE: Manaments y Empares, a. 1602, libros 7, 8 y 9.
El reparto de bienes entre tía y sobrina debía resolverse en
un plazo de 50 días tras el inventario, y de ello se ocuparon como
árbitros el capitán don Pedro Rodríguez de Navarra, alférez mayor
de Almansa y Villena, y don Fernando de Reina Barrionuevo, regidor
 El “molino nuevo” hoy es llamado Molino Alto y sirve de sede al Aula de la Naturaleza del
Ayuntamiento de Almansa.
gina 16
de Chinchilla. Una clara muestra de la calidad de la familia Pina y
de los bienes en litigio. Como testigos asistieron al reparto el cléri-

Ocariz (desde 1588 maestro de obras de la iglesia de la Asunción,
yerno del anterior maestro Juanes de Segura), todos “estantes en la
dicha villa”. Doña Catalina no se detuvo aquí en su afán de defender
al conjunto de la familia y linaje. Emprendió otro pleito contra don
Enrique Tallada -don Alonso V- por el patronazgo de la capilla fa-
miliar de san Ildefonso, hoy de san Crispín, entonces lugar de ente-
rramiento acostumbrado de los Pina. Dicha capilla, fundada por los
padres de doña Catalina en la iglesia de la Asunción, se había adjudi-
cado por error al Tallada ya que el patronazgo recaía en don Alonso
IV al momento de la muerte de este. Gracias a su parentesco con los
fundadores, doña Catalina recuperó el patronazgo para la familia.
En cuanto a doña Ana, en 1604 volvió a sufrir una merma
patrimonial. Esta vez fue don Enrique Tallada el que pleiteó en su
contra por el patronato de legos, fundado por el difunto Juan Ri-
charte en 1524 (pariente de ambos), y dotado con un buen número
de propiedades en Villena que lo convertían en muy atractivo24. Al
estar extinguida la rama Richarte, según las cláusulas el patronazgo
debía corresponder a un descendiente legítimo varón de don Alon-
so de Pina III. Por lo cual doña Ana hubo de cederlo a don Enrique
como heredero legítimo varón de don Alonso III. Tal vez esta pérdi-
da económica animara a doña Ana y a su esposo a intentar la venta
en 1604 del citado “molino nuevo. El comprador fue Francisco de
Alcaraz, por 3.000 libras aragonesas (30.000 reales)25. Sin embargo,
al tratarse de un bien incluido en el mayorazgo, la compraventa que-

 Juan Richarte (o Recharte) era nieto de Antón Richarte (nieto a su vez de Jaime de Ayerbe,
caballero aragonés llegado a estas tierras en 1372 junto a don Alfonso de Aragón, primer
señor de Villena, de quien recibió la heredad de Burjaharón). Juan casó con Isabel Llosa
sin descendencia. En su testamento (AP, 29/12/1524) fundó una capellanía y patronato
de legos que dejó a su viuda como primera patrona. Esta, a su muerte en 1556, lo traspasó
a don Alonso de Pina III.
 ARV, JV, JCiv sXV-XVIII MiE: Manaments y Empares, año 1618, Libro 4, mano 33, f. 1
(20/04/1604).
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gina 17
Alfonso arráez tolosa
DOÑA ANA DE PINA, UNA MUJER SOLA AL FRENTE DE SU LINAJE EN LA ALMANSA DEL ANTIGUO RÉGIMEN
4. VIDA MARITAL EN VALENCIA
Tras la muerte del padre y su salida obligada de las casas
principales de los Pina (la “Casa Grande”), que pasaron a don Enri-
que Tallada junto al resto del mayorazgo, doña Ana y su esposo mar-
charon a vivir a las casas principales de este en su señorío (baronía)
de Torres Torres. También pasaban temporadas en unas casas de
morada de la familia de él sitas en la valenciana plaza de Predicado-
res, hoy plaza de Tetuán. Doña Ana se integró pronto en su familia
política, como atestigua el que fuera madrina de Francisca, nieta de
su esposo bautizada el 16 de mayo de 1610 en Algimia, en el men-
cionado señorío, actuando como padrino Valero del Milá, hermano
de la niña (Corbalán de Celis, 2016). Gran parte de la población de
la baronía de Torres Torres era morisca, lo que provocó su expul-
sión en 1609. Pese a que el territorio quedó despoblado, don Miguel

e inmuebles abandonados por los expulsos. Tan frenética actividad
le hizo delegar en doña Ana la vigilancia de sus propios intereses
en Almansa, otorgándole en 1608 un poder notarial para que desde
entonces administrara la hacienda y cobrara la renta de los muchos
censos allí situados, incluidos en el vínculo paterno, lo que constitu-
ye un ejemplo más del sometimiento de la mujer a la tutela jurídica
del esposo en esta época.
Don Miguel de Vallterra pasó los últimos años de su vida en-
fermo, lo que obligó a doña Ana a centrarse en los asuntos del seño-
río de su esposo y cuidar de él. Así, en 1614 traspasó el poder para
regir sus intereses en Almansa a los almanseños Agustín Galiano y
el licenciado Francisco Galiano López, y tres años después, en 1617,
lo cedió a este último en exclusiva26. Cumpliendo su cometido, ese
mismo año 1617 Francisco Galiano visitó en Chinchilla a Francisco
Núñez Pujazones, y le entregó la pensión anual de 1.500 reales del
censo comentado con anterioridad27. El paso del tiempo y la deca-

momento en que, ante su falta de descendencia masculina, la baro-
nía de Torres Torres pasaría a don Juan Rivelles, su hermano menor.
 AHPAb, leg. 1630/2, f. 68r. 9/04/1617.
 AHPAb, leg. 1630/2, f. 157r. 27/08/1617.
gina 18
Don Miguel había intentado traspasarlo sin éxito a su nieto Jaime
del Milá, hijo de su hija Beatriz de Vallterra. Mientras, prevenida,


correspondientes a su dote, el 30 de abril de 1617 el matrimonio
solicitó un traslado del vínculo y mayorazgo de don Alonso IV ante
Francisco Galiano, alcalde ordinario del concejo almanseño28. Doña
Ana debía preparar también su futuro lugar de residencia en Alman-
sa, ya que no podía habitar las antiguas casas principales de don
Alonso de Pina I en la calle de la Plaza, ni las de su padre don Alonso
IV (la “Casa grande”), ambas incluidas en el vínculo de don Alonso I,
y ahora en manos de don Enrique Tallada (don Alonso V). Doña Ana
eligió, por tanto, sus propias casas de morada -cuya localización se

1616 había encargado a Francisco y Diego Ruiz (padre e hijo) “dos
puertas en un bastidor para una sala de las casas de doña Ana de
Pina”-
cio de 239 reales pagados por adelantado29. Don Miguel de Vallterra
falleció el 21 de septiembre de 1617, y el señorío de Torres Torres
pasó a su hermano don Juan de Vallterra. Sin pérdida de tiempo,
doña Ana exigió a su cuñado la devolución de la dote (proceso que
tardaría al menos un año), y la asignación de una pensión de alimen-
tos por viudez30. Seguidamente volvió a Almansa.
 AGS, CME, 0132.
 AHPAb, leg. 1630/1, f. 205v. 29/12/1616.
 Proceso de don Joan Vallterra, señor de Torres Torres, contra doña Ángela (sic) de
Pina y Vallterra sobre dote y alimentos (ARV
, RA(F) PCiv: Procesos Real Audiencia, Parte
I, letra I/J, núm. 2351).
Según el derecho valenciano, la mujer viuda debía permanecer
12 meses en viudez antes de obtener la devolución de la dote, y la entrega de la parte
correspondiente del patrimonio del esposo difunto. Mientras tanto tenía derecho a una
pensión de alimentos para su mantenimiento. Y es que la muerte del esposo conllevaba
grandes cambios en la vida de la mujer, algo que generalmente no ocurría a la inversa.
No todos estos cambios eran negativos pues el viudo/a se convertía en depositario de la
herencia del cónyuge difunto a los hijos comunes, conocida como reserva binupcial, más la
de cualquier hijo fallecido (así había sucedido con doña Ana y su padre D. Alonso de Pina
IV). En la práctica, durante la minoría de edad de los hijos la viuda disfrutaba en usufructo
de dicho patrimonio y gozaría del prestigio y red relacional del difunto -sobre la condición
de la mujer viuda vid. Birriel 2008a y 2008b-. Lamentablemente para doña Ana, no pudo
disfrutar de estas ventajas al carecer de descendencia, lo que explica su obligada marcha
de Valencia.
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gina 19
Alfonso arráez tolosa
DOÑA ANA DE PINA, UNA MUJER SOLA AL FRENTE DE SU LINAJE EN LA ALMANSA DEL ANTIGUO RÉGIMEN
5. VIUDEDAD Y RETORNO A ALMANSA
Poco después de enviudar doña Ana, falleció su tía doña Ca-
talina en enero o febrero de 1618, la cual había fundado un patro-
nato de legos en la capilla familiar de san Ildefonso de la iglesia de
la Asunción. En su testamento nombraba como primeras adminis-
tradoras a sus sobrinas doña Ana y doña Isabel de Pina. Poco más
correspondería a doña Ana de la herencia. Su tía cedió la mayor
parte de sus bienes privativos, entre ellos los obtenidos del vínculo
de don Alonso IV, a doña Isabel, por entonces viuda de don Rodrigo
Alonso de Roda31
anterior por el patrimonio de don Alonso IV y, en especial, la falta
de hijos de doña Ana y su edad (43 años por entonces). Resultaba
más conveniente dotar económicamente a doña Isabel para vol-
verla a casar, pues, aunque también carecía de descendencia, era
13 años más joven y, por tanto, mucho mayores las esperanzas de
quedar encinta. Y así fue. La mejora económica permitió dotar a
doña Isabel para casarla de nuevo el 5 de julio de 1618 con D. Gui-
llén Ramón Mora de Almenar32. Esta vez sí llegaría la ansiada des-
      
un varón, bautizado como Alonso de Pina para tratar de hacerle
poseedor de alguno de los dos vínculos. Lamentablemente, el niño
fallecería en edad infantil.
En cuanto a doña Ana, dedicó los primeros meses de viu-
dedad a cerrar sus asuntos en Valencia, donde nada la retenía
ya. Mientras, mantuvo como apoderado en Almansa al licenciado
Francisco Galiano López, clérigo presbítero. Este gestionó el arren-
damiento de distintos terrenos propiedad de la Pina, necesitada de
capital, a varios vecinos. Arrendó a Juan Iñiguez del Campo, por 4
años y 110 reales anuales, dos bancales en la huerta de la villa con
derecho a una hora de agua de Zucaña, uno de los cuales linda-
ba “con bancales de la dicha señora doña Ana y con camino de san
 Testamento de doña Catalina de Pina (27/03/1613). ARV, Manaments y Empares, año
1616, Libro 5, mano 44, ff. 40r-50v; mano 45, ff. 1r-10v.
 Señor de la torre y castillo de Mora (Cataluña), profesor en las universidades de
Lleida y Valencia, y diputado de la ciudad y reino de Valencia. Vid. hps://dbe.rah.es/
biograas/64586/ guillen-ramon-mora-de-almenar (consultado el 15/09/2024).
gina 20
Francisco”33. Francisco Ibáñez recibió en arrendamiento otros dos
bancales en la huerta por 4 años, aunque solo por 33 reales anua-
les pues carecían de riego34. A Alonso de Pina, un pariente lejano,
le arrendó 2 jornales de tierra en la partida de los Viñazos junto al
camino de los Santos (actual ermita de san Antón), por 4 años y 25
reales anuales35. Por último, a Alonso Galiano López, hermano del
licenciado Francisco Galiano, se le arrendaron 2 caballerías, una
en el Saladarejo y otra en el Rubial, por 6 años y 2 ducados anuales
cada una36.
6. SEGUNDO MATRIMONIO. DON JUAN DE VERASTEGUI

12 meses necesarios para recuperar su dote y los posibles bienes
donados por su esposo difunto. No había tiempo que perder. A sus
43 años disminuía cada día la posibilidad de engendrar un hijo va-
rón a quien traspasar el vínculo y mayorazgo del padre, cuyo nom-
bre llevaría, y asegurar así la conservación del linaje Pina. Conti-
nuaba siendo un buen partido para otras familias, pues su amplia
hacienda facilitaría la vida del nuevo esposo y, lo más importante,
pasaría a manos de la descendencia común. Don Pedro de Veraste-
gui, segundo señor de la vecina Alpera, aprovechó la oportunidad
y ofreció como esposo a don Juan, el hijo menor nacido de su espo-
sa doña Margarita Calatayud37. Este, a sus 29 años poseía el vigor
38 y asegurar con ello su
posición económica y la del linaje Verastegui, que vería muy refor-
zada una línea lateral. Sin embargo, el embarazo nunca llegaría, lo
 AHPAb, leg. 1630/2, f. 200r. 12/11/1617.
 AHPAb, leg. 1630/2, f. 197v. 21/11/1617.
 AHPAb, leg. 1630/2, f. 196r. 26/11/1617.
 AHPAb, leg. 1630/2, f. 213r. 2/12/1617.
 Don Pedro era hijo de don Pedro de Verastegui, primer señor de Alpera, y su esposa
doña Mencía de Mendoza. En 1576 había comprado la localidad alperina y su rico
término, convertidos en señorío, al monarca Felipe II entregando como pago las salinas
de Fuentealbilla. Alpera había sido aldea dependiente de Chinchilla hasta 1567, año en
que sus vecinos compraron el privilegio de villazgo al rey Felipe II por 5.000 ducados. Sin
embargo, la incapacidad de los alperinos de cumplir con los pagos acordados animó a Felipe
II a traspasarla en 1576 a don Pedro de Verastegui. Alpera permaneció en manos de esta
familia hasta 1777 aproximadamente (Ballesteros y Molina, 2000).
 Don Juan fue bautizado el 21 de marzo de 1589 en la iglesia de santa Marina de Alpera.
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gina 21
Alfonso arráez tolosa
DOÑA ANA DE PINA, UNA MUJER SOLA AL FRENTE DE SU LINAJE EN LA ALMANSA DEL ANTIGUO RÉGIMEN
que no debe sorprender ya que tampoco ocurrió en las primeras
nupcias de doña Ana. Las negociaciones entre los futuros esposos
por el contenido de las capitulaciones matrimoniales (Anexo II)
y la dote no fueron fáciles. Tras varias reuniones infructuosas, el
“a la una
hora de la mañana en las casas de doña Ana de Pina”39. En aquella
larga reunión, doña Ana estuvo asistida por su apoderado, el li-
cenciado Francisco Galiano López. La dote se acordó en la enorme
cantidad de 8.000 ducados en especie (superior a la del primer
matrimonio -unos 7.200 ducados-), consistente en el molino ha-
rinero de Zucaña (molino Alto) más las propias casas de morada
de doña Ana con todos sus anexos, huertas, mobiliario y ajuar.
Aunque el principal escollo para el acuerdo matrimonial fue la exi-
gencia de la nueva esposa que, precavida, deseaba reservarse la
administración de todos sus bienes privativos, presentes y futuros
-los llamados parafernales-, la mayoría de los cuales integraban

los futuros esposo y suegro del patrimonio familiar. Los Verastegui
    
aceptó otorgar poderes a don Juan para administrar y cobrar las
rentas de dichos bienes privativos, atendiendo a que la mayoría se
hallaban fuera del término almanseño (el juro sobre las alcabalas
del marquesado, los censos de Férez y Requena, etc.). A su vez,
ella recibiría poderes del esposo para administrar los bienes de la
propia dote pues, por ser bienes matrimoniales, la legislación de
la época se lo impedía sin dicha autorización. Firmadas las capitu-
laciones por ambas partes, no hubo ya problema para celebrar la
ceremonia nupcial, lo que se hizo pocas horas después, la mañana
del 5 de julio en la iglesia almanseña de la Asunción40 (Imagen 3).
 AGS, CME, 0132. Contiene las capitulaciones matrimoniales y el posterior pleito entre
los esposos.
 Archivo de la parroquia de la Asunción de Almansa. Libro II de matrimonios, f. 148v.
gina 22
Imagen 3. Acta matrimonial de doña Ana de Pina y don Juan de Verastegui
Fuente: Archivo de la parroquia de la Asunción de Almansa. Libro II de matrimonios, f. 148v.
7. VIDA MARITAL EN ALMANSA. CONFLICTOS CON EL CONCEJO
Los nuevos esposos convivieron en las casas de morada de
doña Ana en Almansa, con el claro objetivo de concebir un hijo.
Don Juan solicitó carta de vecindad como hidalgo, por ser hijo del
señor de Alpera. Sin embargo, el concejo almanseño no reconoció
su hidalguía y, pese a sus quejas, se le avecindó como pechero. Algo
que no debe extrañar, ya que los concejos procuraban no conceder
la vecindad como hidalgo, por estar exenta de pagar impuestos,
lo que perjudicaba a la hacienda local. Don Juan lo consideró, con
razón, un insulto a su persona. Además tenía consecuencias eco-
nómicas al quedar obligado a pagar los impuestos reales y conce-
jiles. Era de prever que, antes o después, llegaran problemas. El
desplante por la vecindad, y los sucesos acaecidos posteriormente
hay que situarlos en el contexto del secular enfrentamiento en-
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Alfonso arráez tolosa
DOÑA ANA DE PINA, UNA MUJER SOLA AL FRENTE DE SU LINAJE EN LA ALMANSA DEL ANTIGUO RÉGIMEN
tre Alpera y Almansa por el agua nacida en el término alperino, y
canalizada después hasta tierras almanseñas41
ambas villas se había reavivado en 1576, con la adquisición del se-
ñorío de Alpera por don Pedro de Verastegui, abuelo de don Juan.
Por su parte, doña Ana de Pina se ocupaba de regir su hacienda en
Almansa como estaba acordado, usando para ello del poder dado
por su esposo, y así lo indican las noticias de entonces. En enero
de 1624 arrendó a Sebastián González de Villaventín la heredad de
las Cabezuelas (350 almudes de tierra), por 12 años y un alquiler
anual en especie de tan solo 10 fanegas de trigo y otras tantas de
cebada42 (Imagen 4). Un bajo canon acorde a los reducidos ren-
dimientos del secano de la época y a la intención de Sebastián de
buscar agua en la heredad que, de hallarla, pertenecería a doña
Ana. En septiembre del mismo año, arrendaría a Pedro Blasco dos

madre” y a una huerta de la prima doña Isabel de Pina, con una
hora de agua de riego. El contrato fue por 6 años y renta anual de
180 reales pagaderos “coxido el fruto”43.
Por otro lado, muestra de la elite social a la que pertenecía,
doña Ana acogió en sus casas de morada a una criada, la menor Ana
Martínez, por 2 años y un salario de 100 reales anuales para las “co-
sas nezesarias para el bestido y adorno de la dicha mi menor”44. Ade-
más, le daría “de comer y veber, cama en que duerma, vida onesta y
razonable, y no le hará obras porque se baya, y si se fuere sin causa
pierda lo serbido y buelba a servicio de nuebo…
 La construcción de la acequia de Alpera fue promovida por don Juan Manuel, nada
menos que en 1338. Sobre la historia de la acequia y el pantano de Almansa al que conduce
su agua vid. (Pereda, 1986).
 AHPAb, leg. 1633/1, ff. 6r a 7r (2/01/1624).
 AHPAb, leg. 1633/1, f. 97r y v. 26/09/1624.
 Carta de servicio de la menor Ana Martínez (AHPAb, leg. 1633/1, ff. 11r y 11v.
23/01/1624).
gina 24
Imagen 4. Documento de arrendamiento de la heredad de las Cabezuelas (1)
(1) Firmas y rúbricas de doña Ana de Pina, Sebastián González de Villaventín y el escribano Hernando
López
Fuente: AHPAb, leg. 1633/1, ff. 6r a 7r (2/01/1624)
La vecindad como pechero de don Juan, además del perjuicio
económico, lesionaba su prestigio y el de su familia. En 1627, harto,
se negó a pagar el impuesto de la moneda forera. En consecuencia,
el concejo le requisó en prenda una escudilla de plata que después
se subastó en la plaza pública45. La sanción fue tomada por don Juan
como un nuevo insulto, y decidido a resolver de una vez la situación
y aclarar su condición de hidalgo, solicitó una ejecutoria de hidal-
guía en la chancillería de Granada. El concejo almanseño se personó
en el largo proceso, y en sus escritos llegó a tachar al Verastegui
nada menos que de hijo ilegítimo, de “adulterino avido y procrea-
do de dañado ayuntamiento”, algo incompatible con su presunta hi-

obtención de dicha real ejecutoria, que reconocía a don Juan como
“hijodalgo de si y de sus abuelos y bisabuelos y demas ascendientes”,
procedentes de la casa y solar de Verastegui en Vizcaya46. La sen-
tencia de la chancillería de Granada obligaba además al concejo a
no incluirle en ningún nuevo reparto de pechos, a borrar su nombre
 AMA, leg. 1310. Cabildos de 11/12/1627 (f. 189v); 5/01/1628 (f. 193v); y 6/03/1628
(f. 201v).
 Ejecutoria de hidalguía de don Juan de Verastegui (2/12/1627) (ARChGr).
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DOÑA ANA DE PINA, UNA MUJER SOLA AL FRENTE DE SU LINAJE EN LA ALMANSA DEL ANTIGUO RÉGIMEN
 
mismas honras, privilegios y franquezas que al resto de hijosdalgo
de la villa, y a compensarle con 50 ducados por las tasas e impues-

reconocida, don Juan se integró de pleno en el concejo de Alman-
sa. En septiembre de 1628 fue elegido alcalde ordinario del estado
noble por mayoría de votos47, lo que puede interpretarse como un

las tensiones por el agua con el nuevo señor de Alpera don Pedro de
Verastegui, hermano del propio don Juan.
8. TENSIONES MATRIMONIALES
Tras 10 años de matrimonio, en 1628, la pareja continuaba
sin descendencia. Ya nunca llegaría por la avanzada edad de doña
Ana, 53 años. Don Juan, 15 años menor, era muy consciente. A ello
unía su recién adquirida condición de heredero al señorío de Alpe-
ra, pues el nuevo señor, su hermano don Pedro de Verastegui, care-
cía de hijos varones. En la mente de don Juan debía de rondar la idea
de marchar a Alpera, a cuidar sus intereses como futuro señor. La

Alpera. En enero de 1628, obviando los acuerdos por el reparto del
agua de riego de la acequia, los vecinos de Alpera y los propietarios
de la heredad del Carrascal la habían desviado hacia sus campos y
viñas:
No biene el agua de las fuentes de la villa de Alpera, sin embargo de

noches de los demás días de la semana, y la causa es que en la billa de
Alpera y herederos del Carrascal la toman, haciendo rompimientos
y nuebas acequias y riegan con ellas sus panes y biñas48.
Comenzaba así un nuevo y largo pleito en la chancillería de
Granada entre ambas localidades, que haría aún más incómoda la si-
tuación de don Juan de Verastegui. A ello se unió la repentina enfer-

 AMA, leg. 1310, f. 246r, cabildo de 29/09/1628.
 AMA, leg. 1310, f. 196r y ss. Cabildo de 24/01/1628.
gina 26
año quedó postrado en cama. Este debió ser el momento tan espe-
rado por don Juan al no poder rehusar la responsabilidad de liderar
a su familia en aquellos momentos de crisis por el agua. Sin dudar,
marchó a Alpera dejando atrás a su esposa en las casas de morada, a
las que nunca regresaría. Parece que nunca se planteó la posibilidad
de llevar con él a doña Ana, como sería lógico en un matrimonio. Su
marcha debió de ser una liberación personal para don Juan ya que

y con la que no había ya ningún entendimiento. Y también a la inver-
sa. Don Juan escapaba, además, del mal ambiente almanseño que tan
poco amable fue siempre con él. Ya en Alpera se convirtió en admi-
nistrador del señorío como futuro heredero al carecer su hermano
de hijos varones y, a la vez, mantuvo bajo su control las posesiones

los 600 ducados anuales de renta del juro sobre las alcabalas de San
Clemente ya eran una fortuna-. Gracias al poder notarial que poseía
siguió cobrando las rentas del patrimonio de su esposa. Aún más,
derogó el suyo que permitía a doña Ana regir los bienes dotales en
Almansa (el molino y las casas de morada), de los que también pasó
a ocuparse. Doña Ana, viéndose apartada de todas sus propiedades,
ante el peligro hacia su persona y el patrimonio familiar recibido
del padre, reaccionó de manera inmediata tratando de recuperar
lo que era suyo. Una situación muy compleja, pues según la Ley 56
de Toro, la mujer casada aun teniendo capacidad jurídica, requería
por sistema la licencia marital para obrar49, licencia imposible de
obtener para doña Ana en su situación. El 17 de julio de 1631 solici-
tó autorización a Francisco de Ulloa, alcalde ordinario de Almansa,
para derogar el poder concedido a su esposo que le impedía cobrar
las rentas y pidió licencia para recuperar la jurisdicción sobre sus
bienes dotales50. Para conceder dicha autorización el alcalde dicta-
minó la entrega previa a don Juan de 8.000 ducados en metálico,
valoración de la dote según las capitulaciones matrimoniales. Así
 (Muñoz, 1989, p. 448). Según la ley 56 de Toro, la mujer casada necesitaba de la licencia
del esposo para celebrar contratos, rescindir contratos llevados a cabo con anterioridad al
matrimonio, liberar obligaciones y cuasicontratar. Además, sin licencia del esposo tampoco
podía comparecer en juicio por sí o por medio de procurador.

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Alfonso arráez tolosa
DOÑA ANA DE PINA, UNA MUJER SOLA AL FRENTE DE SU LINAJE EN LA ALMANSA DEL ANTIGUO RÉGIMEN
lo hizo doña Ana. Puso dicha cantidad a disposición del Verastegui

partido de San Clemente, la revocación del poder dado al esposo.
Desde entonces debían pagar las rentas del juro sobre las alcabalas

deudores de censos en Almansa y Férez. Don Juan de Verastegui no
estaba dispuesto a renunciar a la enorme hacienda de su esposa y
rehusó recibir los 8.000 ducados, pues de aceptarlos perdería todos
sus derechos. Doña Ana envió entonces a Alpera a Francisco Ochoa,
escribano almanseño, para entregar al esposo una ejecutoria que le
conminaba a recibir, él o alguien en su nombre, los 8.000 ducados
y la escritura de revocación del poder que poseía sobre la hacienda
de la esposa. Indignado, don Juan hizo encerrar al escribano en la
cárcel de la villa de Alpera y ponerle grillos, sin importarle sus 63
años, además de requisarle las armas y toda la documentación que
portaba. Permaneció preso 3 días hasta que Bernardos de la Ossa,

obteniendo su liberación y la devolución de sus armas, pero no de
la ejecutoria. Ser miembro de la Inquisición debió de amedrentar a
don Juan. Seguidamente, Bernardos pidió al escribano alperino Se-
bastián Ibáñez dar fe por escrito de todo lo ocurrido, lo que este re-

esposos, si es que no lo estaba ya pues Verastegui llegó a renunciar
expresamente a la vida marital. Varios testigos declararon escuchar
de su boca la intención de no convivir nunca más con doña Ana: “ja-
tandose que no a de hacer bida con ella”. Dicha actitud vendría pro-

sensación de fracaso y tiempo perdido por los años pasados juntos
sin descendencia, el mal ambiente en Almansa hacia su persona, y
sus responsabilidades en Alpera.
En 1629 don Juan continuaba sin aceptar los 8.000 ducados de
la dote, una artimaña legal que dejaba sin valor las escrituras y eje-
cutorias obtenidas por doña Ana para derogar el poder y recuperar
su hacienda, cuya administración continuaba en manos del esposo
como ella misma declararía en marzo de 1632. Es más, no había posi-
bilidad de comunicarle cualquier nueva acción judicial, pues ningún
escribano se atrevía a viajar a Alpera, ante la certeza de acabar en

gina 28
jurisdicción de la justicia de Almansa, y de sus decretos, en el señorío
de Alpera. En una ocasión se intentó citar a don Juan aprovechando su
estancia en Almansa una noche, junto a su madre doña Margarita de
Calatayud, en viaje hacia Valencia. Durmieron en las casas de su ami-
go Pedro Hernández Jaén, en la Corredera, en vez de en las de doña
Ana. A la mañana siguiente, un escribano se personó en dichas casas
para efectuar la comunicación, encontrándose con que don Juan y su
madre habían marchado a primera hora, seguramente para evitar el
encuentro. Mientras preparaban la apresurada salida, los vecinos re-
criminaron a don Juan su mal comportamiento con doña Ana. Este
respondió, mostrando una dudosa moralidad, que cobraba los dere-
chos del patrimonio de la esposa gracias al poder que ella misma le
concedió, y que lo administraría a su conveniencia mientras viviese
como esposo legítimo que era. No escondió su rencor al declarar en
plena calle que nunca más volvería a verla, “porque el dia que be a la
dicha doña Ana su muger no solo le causa tristeza, antes vien pesadum-
bre y desconsuelo…, lo que repetiría en más ocasiones.
9. FIN DEL CONFLICTO Y RECUPERACIÓN DE LA HACIENDA
El enfrentamiento marital se resolvería a la vez que el pro-
blema del agua en una nueva muestra de su interrelación. Don Juan,

rehusando los intentos de acuerdo de su esposa y del concejo de Al-
mansa, cuyos escribanos seguían sin desplazarse a Alpera por miedo.
El bloqueo de la situación obligó al concejo almanseño a recurrir al
obispado de Cartagena que, en el verano de 1633, decretó la excomu-
nión de Alpera, de su señor y de todos sus vecinos. En una sociedad
tan religiosa como la del siglo XVII tal medida fue sumamente efectiva
-
gui a prisión en la cárcel del partido en Villena51. Ya preso, no pudo
rehusar por más tiempo a cobrar los 8.000 ducados de doña Ana que
sus representantes le obligaron a recibir y, al hacerlo, esta recuperaba
-

Cuentas de los dos viajes de Luis Ortín a la chancillería de Granada por el pleito entre
Almansa y Alpera. (AMA
, leg. 1311/1, f. 184v y ss, cabildo de 15/10/1633). Para ampliar
estos sucesos vid. (Arráez, 2018).
AL-BASIT 69 • PÁGS. 1-44 • INSTITUTO DE ESTUDIOS ALBACETENSES «DON JUAN MANUEL» • ALBACETE
gina 29
Alfonso arráez tolosa
DOÑA ANA DE PINA, UNA MUJER SOLA AL FRENTE DE SU LINAJE EN LA ALMANSA DEL ANTIGUO RÉGIMEN
pera, doña Ana llevaba algún tiempo ya ocupándose de administrar
sus bienes en Almansa. En julio de 1632 dio en arrendamiento unos
“bancalillos” junto al antiguo convento de san Francisco “en la guerta
desta villa”52. En abril de 1633 amplió su patrimonio comprando unos
bancales “en la partida del Real, en la guerta desta billa, linde de barrio
que ba a san Francisco”, más otro en la linde “del Real y con camino que
biene del barrio de Sugel a San Francisco”53. En las mismas fechas obtu-
vo licencia del concejo para cortar 20 pinos y un pie de carrasca, con
objeto de fabricar un rodezno nuevo para el molino de su propiedad
en la ribera de Zucaña54. Don Juan, desposeído de las propiedades de
su esposa, apeló a la desesperada ante el rey Felipe IV alegando que
doña Ana nunca quiso marchar con él a Alpera, verdadera causa de su
separación, y que continuaba sin recibir la dote de la esposa, ya que,
según él, el molino y las casas tan solo valían 1.000 ducados, nunca
8.000 como ella pretendía. Por tanto, concluía, podía continuar con la
administración de la hacienda de su esposa, o al menos con el cobro
de la renta del juro sobre las alcabalas del marquesado. El recurso

del juro de los años 1635, 1636 y 1637, como bien parafernal suyo55.
Esta continuó solicitando, año tras año, la licencia real para cobrar los

de Felipe IV para el resto de su vida, o mientras durase el matrimonio
con don Juan56. En paralelo a sus actuaciones para recuperar el con-
trol de su patrimonio, doña Ana debía asegurar el futuro traspaso a
la persona adecuada para garantizar su permanencia en el seno de
la familia. Un problema porque, al carecer de hijos, en caso de falle-
cer todo podría volver a manos del Verastegui, lo que debía evitarse
a cualquier precio. Su padre, don Alonso IV, ya planteó la posible falta
de descendencia de doña Ana y en una cláusula del vínculo y mayo-
razgo estipuló que si así sucediera sería heredado por la prima doña
Isabel de Pina siempre y cuando en la elección de su futuro esposo
interviniese la tía doña Catalina y no fuera desposada con un caballe-
 AHPAb, leg. 1636, f. 194r.
 AHPAb, leg. 1636, ff. 103r y 103v. 30/04/1633.
 AMA, leg. 1311/1, f. 119r. Cabildo de 10/01/1633.
 Cédula real. Madrid, 20/04/1635 (AP).
 Cédula real. Madrid, 16/05/1644 (AP).
gina 30
ro “natural de los reinos de Aragón. D. Alonso IV trataba así de impe-
dir un posible matrimonio de doña Isabel con don Alonso de Pina V
-Enrique Tallada-, poseedor del vínculo de D. Alonso de Pina I, o con
algún hermano o familiar suyo, pues, de suceder así, ambos vínculos
quedarían en manos de los Tallada provocando la irremediable extin-

Guillén Ramón Mora de Almenar, lo que la incapacitaba para recibir
el mayorazgo. Casualmente, don Guillén falleció en 1631 y la viuda
retornó a Almansa junto a las tres hijas del matrimonio: doña Ana,
doña Aldonza y doña Agustina de Mora y Pina. Justo en el momento
en que el pleito entre doña Ana y don Juan de Verastegui se hallaba
en su apogeo. La viudedad de doña Isabel la convertía en óptima can-

vínculo familiar. Y para salvar el problema del origen valenciano del
difunto don Guillen, doña Ana otorgó una escritura el 1 de septiembre
de 1632 declarando haber acordado con su fallecida tía doña Catalina
el traspaso del vínculo a doña Isabel y sus descendientes, indepen-
dientemente del origen de su esposo: “no obstante que casase o uviese
casado con cavallero estraño destos reynos de Castilla…57. El problema
quedaba resuelto: en caso de fallecer doña Ana todos sus bienes pa-

Juan de Verastegui de la hacienda de los Pina.
10. SOLEDAD Y LIBERTAD. TRASPASO DEL VÍNCULO Y
MAYORAZGO
Doña Ana vivió el resto de su vida en soledad en Almansa,
junto a sus sirvientes, incluido tal vez algún esclavo, y dedicada por
completo a administrar su hacienda. Su situación, impuesta por el
cese de la convivencia matrimonial, era en la práctica similar a la de
una viuda, por lo que puede hablarse de ella como mujer “sola. De
sus intereses en Férez cuidaba a través de terceros tras conceder en
1640 poderes a Francisco Ochoa para ejecutar una deuda de Fran-
cisco Carreño e Isabel Martínez, esposos y vecinos de la localidad.
Para evitar el peligro, estos llegaron a un acuerdo con Francisco con-
 AP, 1/09/1632.
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gina 31
Alfonso arráez tolosa
DOÑA ANA DE PINA, UNA MUJER SOLA AL FRENTE DE SU LINAJE EN LA ALMANSA DEL ANTIGUO RÉGIMEN
sistente en pagar parte de la deuda, dejando a deber solo 100 rea-
les58. La urgencia por asegurar el traspaso del vínculo y mayorazgo
fundado por su padre había disminuido al desaparecer la amenaza
del esposo. Ahora doña Ana podía elegir con mayor tranquilidad al
mejor heredero/a posible, lo que la condujo en 1637 a revocar la
escritura que nombraba sucesora a su prima doña Isabel, que per-
manecía viuda y que apeló en vano59
la pasada rivalidad entre ambas, con la demanda de doña Catalina
concluida con la partición del mayorazgo de don Alonso IV. Aunque
la principal causa fue la existencia de las tres hijas de la propia doña

y doña Agustina de Mora y Pina), y cuyos matrimonios era tiempo
-
cárcel, caballero de Santiago; doña Aldonza con D. Pedro Hervias
Rodríguez de Espinosa; y la pequeña, doña Agustina, ingresó en el
valenciano “monasterio para señoras nobles de la Zaidía60. Cautelo-
sa y paciente como su padre, doña Ana aguardó hasta casi el último
  
También esperaba la muerte del ausente esposo don Juan de Ve-
rastegui, que permanecía en Alpera, acaecida hacia 164561. Una vez
viuda doña Ana no se planteó volver a casar, pues había recupera-
do la plena capacidad jurídica para obrar, lo cual resultaba perfecto
a la hora de elegir heredera. Además, sus 70 años le impedían ya
quedar embarazada y no había razón alguna para volver al mercado

primogénita de su prima doña Isabel con quien compartía el nom-
bre: doña Ana de Mora y Pina62. Nacida hacia 1620 contaba con unos
 Ejecución y apremio de Francisco Ochoa, apoderado de doña Ana de Pina, a Francisco
Carreño y esposa (AP. Férez, 22/01/1640).
 Pleito entre doña Ana y doña Isabel de Pina (AP, 18/08/1637).
 Entre las familias nobles era costumbre enviar al convento a las hijas menores, con
objeto de ahorrarse la dote necesaria para casarlas. Incluso se las obligaba a renunciar a
la legítima que les correspondiera de la herencia de los padres. Dichas cantidades servían
para aumentar el valor de las dotes de las hermanas mayores, y así conseguir un esposo de
mejor calidad (Soria, 2007, 72).
 Al carecer don Juan de descendencia legítima, el señorío pasó a manos de su sobrino don
Pedro de Verastegui, nacido en 1630 y primogénito de su hermano menor don Francisco.
 “Escriptura de transacion y concordia echa por doña Ana de Pina hija y heredera del
mencionado D. Alonso, y doña Ana de Mora y Pina […] en la qual çede y trespasa el dicho
vinculo que fundo el dicho D. Alonso en doña Ana de Mora...” (AP, 8/08/1652).
gina 32
32 años y acababa de enviudar de don Alonso de Valcárcel, lo que
la protegía de cualquier injerencia masculina. Y lo principal, tenía
un único hijo varón de unos 10 años, llamado don Alonso Ventura
de Valcárcel. En el futuro, el pequeño podría reunir en su persona
el vínculo original de don Alonso de Pina I (ahora en manos de los
Tallada) y el de don Alonso de Pina IV (que recibiría de la madre).
Estas fueron las razones fundamentales que motivaron su elección
como heredera. Encontrada la persona adecuada no se retrasó el
traspaso de la herencia. Tuvo lugar poco después, el 8 de agosto,
reservándose doña Ana de Pina mientras viviera, el uso y disfrute
de las propiedades y censos del vínculo paterno situados en Férez
y valorados en 4.600 ducados, una verdadera fortuna. Solo tras su
muerte pasarían a manos de doña Ana de Mora.
11. FALLECIMIENTO Y ÚLTIMAS VOLUNTADES
La muerte de doña Ana de Pina se produjo en julio-agosto
de 1655, a los 81 años recién cumplidos, edad muy avanzada para
la época63. Otorgó testamento el 7 de junio de 1650, que no se con-
serva, pero del que se conocen algunas mandas. De él apartaba
2.000 ducados con los que fundó un vínculo y memoria de misas
por el alma de su querida madre doña Rafaela Merino (fallecida
cuando doña Ana contaba 4-5 años como se apuntó, señal de la
profunda huella que dejó en ella). Como primer patrón y propie-
tario de dicho vínculo nombró a su pariente don Fulgencio Marín
de las Mariñas y, después, a sus hijos con preferencia de los varo-
nes. En caso de faltar, pasaría a la línea de doña Isabel de Pina o
a la iglesia de la Asunción de Almansa. Asimismo, nombró a don
Fulgencio su heredero universal (de sus bienes privativos, pues
el mayorazgo del padre ya había sido traspasado a doña Ana de
Mora). Debió de ser enterrada en la capilla familiar de san Ildefon-
so, la primera del lado de la Epístola de la iglesia de la Asunción
de Almansa (Imagen 5). Dicha capilla había sido fundada por sus
abuelos, don Alonso de Pina III y doña Úrsula Tárrega, y se usaba
 Según Pérez (1980, 141-142), la esperanza de vida era en Zaragoza por entonces
(siglo XVII) de 25,4 años tan solo. La elevadísima tasa de mortalidad infantil (en torno al
200 ‰) se atisba como principal causa.
AL-BASIT 69 • PÁGS. 1-44 • INSTITUTO DE ESTUDIOS ALBACETENSES «DON JUAN MANUEL» • ALBACETE
gina 33
Alfonso arráez tolosa
DOÑA ANA DE PINA, UNA MUJER SOLA AL FRENTE DE SU LINAJE EN LA ALMANSA DEL ANTIGUO RÉGIMEN
como lugar de entierro habitual de la familia. Para el último viaje
encargó ser vestida con el hábito de San Francisco proporcionado
por los monjes franciscanos del convento de Santiago de Almansa.
Para dicho convento dejó establecida una donación anual de 110

María cada 8 de diciembre64.
Imagen 5. Capilla de san Crispín, iglesia de la Asunción. Almansa
Fuente: Autor
Tras su fallecimiento hubo cierto desacuerdo en torno a la
renta del juro de las alcabalas. En septiembre de 1655, el hidalgo
local don Juan Marín de las Mariñas intentó cobrar de dicha renta
7.151 reales que se le debían65. Según él, había recibido el goloso
juro como parte de la herencia de su también recién fallecido padre,
 Un siglo después, don Juan Enríquez de Navarra y don Miguel Galiano Spuche
continuaban pagando dicha cantidad en nombr e de doña Ana (AP).
 Poder de don Juan Marín de las Mariñas a Miguel Moreno, escribano de Almansa (AHPAb,
caja 1640/2, f. 95r y v; 10/09/1655).
gina 34
don Fulgencio Marín de las Mariñas, heredero universal de la Pina,
algo falso a todas luces ya que dicho juro estaba vinculado al mayo-
razgo de D. Alonso de Pina IV y su propietaria era desde hacía 3 años
doña Ana de Mora. Don Juan Marín fracasó en su objetivo y esta
mantuvo en su poder la totalidad del vínculo con el juro, al que tras
la muerte de doña Ana había añadido, como estaba estipulado, las
propiedades y censos de Férez valoradas en 4.600 ducados66. Este
incremento patrimonial le permitió casar en segundas nupcias con
don Antonio de Ulloa y Manrique, señor de las villas de La Ventosa y
Santiago de la Vega (Cuenca) en busca de ampliar su descendencia
y garantizar la supervivencia del linaje. Sin embargo, sus esfuerzos
resultaron baldíos. No tuvo más descendencia y su único hijo, don
Alonso Ventura de Valcárcel, marchó de adulto a Indias, donde casó
y fundó su propia familia. La marcha a América le inhabilitaba como
heredero según las cláusulas de ambos vínculos, así que, a la muerte
de doña Ana de Mora en 1672, el vínculo pasó a la siguiente herma-
na, doña Aldonza de Mora y Pina. Esta tampoco tuvo hijos de su ma-
trimonio con D. Pedro Ervias Rodriguez de Espinosa y, al enviudar,
profesó en el valenciano convento de la Zaidía junto con Agustina, la
hermana pequeña. En 1701 fallecío doña Aldonza, la última de los
Pina ya que Agustina lo hizo antes. Sin familiares cercanos, semanas
antes de su muerte, en una “reja del convento de la Zaydia, doña
Aldonza donó el vínculo y mayorazgo de su tío abuelo don Alonso IV
a don Miguel Catalá y Montaner67, quedando así el linaje de los Pina
extinguido68.

de Pina...” (AP, 22/10/1655).
 La elección no fue casual. Don Miguel era poseedor del vínculo y mayorazgo principal
de los Pina, el de don Alonso I, debido a su condición de descendiente de don Alonso de
Pina II (por línea femenina). Don Miguel Catalá reunía ahora en su persona ambos vínculos
y mayorazgos, separados tanto tiempo. Su sobrino y sucesor, don Miguel Catalá Zapata de
Calatayud, heredará el señorío de Cirat de su madre doña Ana María Calatayud Ceverio
Folch de Cardona, condesa de Cirat y Villafranqueza. Por esta razón la “Casa Grande” de
Almansa es hoy llamada, erróneamente, palacio de los condes de Cirat. Sobre esta familia:
(Gimeno, 2021).
 En Almansa continuaba una rama lateral de los Pina, apartada de cualquier derecho a
la sucesión de ambos mayorazgos. De ella proceden todos los almanseños/as actuales que
ostentan el apellido Pina.
AL-BASIT 69 • PÁGS. 1-44 • INSTITUTO DE ESTUDIOS ALBACETENSES «DON JUAN MANUEL» • ALBACETE
gina 35
Alfonso arráez tolosa
DOÑA ANA DE PINA, UNA MUJER SOLA AL FRENTE DE SU LINAJE EN LA ALMANSA DEL ANTIGUO RÉGIMEN
12. CONCLUSIONES

fue una mujer con poder y reconocimiento social que usó sin du-
darlo en favor de su familia o linaje. Debe por tanto incorporarse
al conjunto de casos ya conocidos, señalados en la introducción del
artículo que, si por algo tiene gran interés, es por recoger la evolu-
ción de doña Ana. Su actitud de mujer joven y dócil, sin capacidad de
actuación ni criterio propios, casada en busca de un heredero varón,
que se presta a seguir las indicaciones de su padre y de su primer
esposo, don Miguel Rivelles de Vallterra y dotada con un rol domés-
tico y materno, que aceptó sin problemas, la llevó a delegar en su es-
poso la defensa de su patrimonio contra la amenaza de su propia tía
doña Catalina. Dicha actitud cambiará completamente a partir de la
muerte de su primer esposo. La experiencia vital que dan los años,
la viudedad con su plena capacidad jurídica, la necesidad y conven-
cimiento interno de liderar a los Pina como hija de su padre… la
transformaron en una nueva doña Ana que ya se iba vislumbrando
durante la dura negociación por las capitulaciones matrimoniales
con su segundo esposo, don Juan Verastegui. Solo acordadas de ma-
drugada, pocas horas antes de la celebración del casamiento. Ahora
es una mujer que se muestra segura de sí misma, responsable y con-
vencida de su condición de líder familiar, que utilizará todos los re-
cursos a su alcance para defenderse a ella y al patrimonio heredado
del padre ante la amenaza que supuso el segundo esposo.
A tenor de lo expuesto, el caso de doña Ana refuerza la re-
ciente perspectiva sobre las mujeres en el Antiguo Régimen como
protagonistas, dotadas de un rol activo por el que, llegado el caso,
lideraron la consecución de los objetivos de sus familias nobles o
hidalgas: la ampliación o, al menos, mantenimiento de las bases
materiales y sociales que sustentaban la familia y su traspaso a la
siguiente generación. Llegado el caso, las mujeres desempeñaban
el mismo rol que sus parientes masculinos en el entramado fami-
liar, salvando las enormes limitaciones derivadas de su género en la
época. Doña Ana es muestra de ello, y también su tía doña Catalina
o su prima hermana doña Isabel a las que se enfrenta por motivos
sucesorios, siempre con la idea de perpetuar a los Pina.
gina 36
Por otra parte, doña Ana sobrellevó su misión en soledad, al

mujer “sola. Ahora bien, se sirvió de dicha soledad y de su “poder”
(plena capacidad legal derivada de su viudedad) para, cercana la
muerte y ante la ausencia de herederos varones, seleccionar a la
mejor candidata a quien traspasar el patrimonio socioeconómico
familiar. Responsable, calculadora, no dudó en apartar a la aspirante
inicial, doña Isabel de Pina, en favor de la hija de esta, doña Ana de
Mora y Pina, que reunía mejores condiciones para el objetivo esen-
cial perseguido, perpetuar el linaje: juventud, viudedad (soledad) y
maternidad de un niño varón en quien recaían todas las esperanzas.
El protagonismo y capacidad de actuar de aquellas mujeres
derivaba, sobre todo, de la viudedad, si bien es cierto que, paradó-
jicamente, les ayudaba a realizar un nuevo y buen casamiento (su
estado natural en la época) que conllevaba la pérdida de tal inde-
pendencia. No importaba. Su sentido de la responsabilidad las hacía
     
ello las posibilidades de supervivencia de su linaje y familia. En
suma, esta perspectiva amplía enormemente la tradicional visión
de la mujer dedicada en exclusividad a las tareas domésticas y de
crianza, mantenida hasta fechas recientes.
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Alfonso arráez tolosa
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Alfonso arráez tolosa
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ANEXOS
ANEXO I.- GENEALOGÍA FAMILIAR DE LOS PINA
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ANEXO II.- Capitulaciones matrimoniales entre doña Ana de Pina
y don Juan de Verastegui (AGS, CME, 132,2. Almansa, 5/07/1618.
Traslado de 5/05/1631)
“En la noble y leal villa de Almansa, en zinco días del mes
de julio de mill e seisçientos e diez y ocho años, a la una hora de la
mañana, estando en las casas de doña Ana de Pina, ante mí el escri-
bano e testigos paresçieron presentes de la una parte el señor don
Juan de Berastegui, hijo de don Pedro de Berastegui señor de la villa
de Alpera, e de la otra la dicha doña Ana de Pina. E dijeron que por
quanto a serviçio de Dios nuestro señor e de sancta Maria su ben-
dita madre, sus merçedes pretenden contraer matrimonio en faz de
la sancta madre iglesia, y para que se entienda y no aya duda de los
bienes que la dicha señora doña Ana de Pina a de llevar en docte a
poder del dicho don Juan de Berastegui, y la forma y manera en que
se efetua y asienta el dicho matrimonio, hazen entrega de las capi-
tulaziones y declaraziones siguientes.
Primeramente que la dicha doña Ana de Pina axsigna de dote
para el dicho casamiento ocho mill ducados en el molino harinero
que tiene en la ribera de Çucaña de esta villa, con las casas prinçi-

como fuere apreciado por personas puestas por anbas partes. La
qual escriptura an de otorgar ambos y el dicho don Juan se a de obli-
gar en forma de tener la dicha dote en pie y bien parada con todos
los demás requisitos neszesarios de derecho para que sea la escrip-

Iten, se asienta e capitula y es condizion del dicho matrimo-
nio que todos los demás bienes que tiene la dicha doña Ana de Pina,
fuera de la dicha docte, han de quedar e se quedan a su merçed por
bienes parrafranales de la dicha doña Ana de Pina, para que los ten-
ga y posea por suyos como lo son y goze dellos e del su usofructo
sin que el dicho don Juan de Berastegui tenga en ellos posesion ni
dominio, y que dellos y del usofruto pueda disponer según y como
bien visto le fuere y paresciere a la dicha doña Ana, a el uso y fue-
ro del reyno de Balençia. Y el dicho señor don Juan de Berastegui
conzedio la dicha condición, pacto y concierto. Y cada una de las
partes por lo que les toca se obligaron por sus personas y bienes
avidos e por aver, de tener, cumplir y guardar todo lo contenido en
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Alfonso arráez tolosa
DOÑA ANA DE PINA, UNA MUJER SOLA AL FRENTE DE SU LINAJE EN LA ALMANSA DEL ANTIGUO RÉGIMEN
esta escriptura, y de no contrabenir a ello en manera alguna preten-
diendo lesión del contrato ni otro recurso alguno, y por el mismo
caso que lo hizieren o intentaren ademas de no les baler ni aprove-
char, esta escriptura quede corroborada e revalidada y dieron poder
cumplido a todas y qualesquier justiçias de su magestad para que a

en cosa juzgada. E renunciaron las leyes de su favor y la general en
forma. Siendo testigos a todo ello Françisco Galiano López clérigo y
el liçençiado Josepe Soriano y Gonçalo Diaz Manrique y Antón Re-

escrivano doy fe conozco. Don Juan de Verastegui. Doña Ana de Pina.
Ante mí, Martín Soriano.
Fecho y sacado, corregido, y conzertado fue este traslado de
su orixinal que está en casa del dicho Martin Soriano escrivano por
su ausençia de pedimiento de la dicha doña Ana de Pina. Lo signé y

seisçientos e treinta y un años. En testimonio de berdad, Hernando
Lopez”.